SAP Granada 115/2008, 14 de Marzo de 2008

PonenteANTONIO GALLO ERENA
ECLIES:APGR:2008:436
Número de Recurso685/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución115/2008
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 3ª

SENTENCIA N Ú M. 115

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. JOSÉ REQUENA PAREDES

MAGISTRADOS

D. ANTONIO GALLO ERENA

D. JOSÉ Mª JIMÉNEZ BURKHARDT

En la Ciudad de Granada, a catorce de marzo de dos mil ocho.

La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial constituida con los Iltmos. Sres. al margen relacionados ha visto en grado de apelación -rollo nº 685/07- los autos de J. Ordinario nº 1171/05, del Juzgado de Primera Instancia nº Nueve de Granada, seguidos en virtud de demanda de Dª. Begoña contra

D. Rubén .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, por el mencionado Juzgado se dictó resolución en fecha quince de mayo de dos mil siete , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda formulada por Dª Begoña contra D. Rubén debo absolver y absuelvo al mencionado demandado de la pretensión eesgrimida en su contra. Todo ello con expresa condena en costas a la actora".

SEGUNDO

Que contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, oponiéndose la parte contraria; una vez elevadas las actuaciones a éste Tribunal se siguió el trámite prescrito y se señaló día para la votación y fallo, con arreglo al orden establecido para estas apelaciones.

TERCERO

Que, por éste Tribunal se han observado las formalidades legales en ésta alzada.Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO GALLO ERENA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se alega como primer motivo de recurso, error en la valoración de la prueba e infracción legal en relación a los hechos del litigio y en especial, respecto de la conclusión a que llega la sentencia de la conformidad de la anterior titular del inmueble a las obras realizadas, considerando que al documento de 5-6-76 se le confiere por la sentencia una extensión y alcance que no puede desprenderse del mismo, en razón a su fecha y de la obra a que se refiere la demanda.

Del examen del escrito inicial de este proceso puesto en relación con la prueba documental, testifical y pericial, entendemos que efectivamente se evidencia el error que se denuncia en este apartado escrito de recurso, en tanto que las citadas obras que, como aparece del informe del perito, comportan incluso un añadido de ala nueva con ampliación de la superficie de la vivienda, ocupando parte del huerto, ello sin concluir en cuanto a la cubierta, tal como se evidencia en la foto 4 del citado informe, y realizada una vez ya fallecida la anterior propietaria, en forma alguna pueden quedar amparadas en la autorización de 5-6-1976.

No debemos olvidar que es doctrina Jurisprudencial reiterada, que equivaliendo al consentimiento del arrendador para la ejecución de las obras a la dejación de una facultad privativa del dominio y por consiguiente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 27 de Octubre de 2009
    • España
    • 27 de outubro de 2009
    ...contra la Sentencia dictada, con fecha 14 de marzo de 2008, por la Audiencia Provincial de Granada (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 685/2007, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1171/2005 del Juzgado de Primera Instancia nº 9 de los de - Mediante Providencia de 28 de mayo......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR