SAP Almería 112/2001, 26 de Septiembre de 2001
Ponente | JUAN RUIZ-RICO RUIZ-MORON |
ECLI | ES:APAL:2001:1150 |
Número de Recurso | 126/2001 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 112/2001 |
Fecha de Resolución | 26 de Septiembre de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Almería, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº
ILMOS.SRES.
PRESIDENTE
D. JUAN RUIZ RICO RUIZ MORÓN
MAGISTRADOS
Dª TARSILA MARTINEZ RUIZ
Dª MARIA DOLORES MANRIQUE ORTEGA
En la Ciudad de Almería, veintiséis de septiembre de dos mil uno.
La Sección Primera de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación rollo número 126 de 2001, el Procedimiento Abreviado número 449 de 2000, procedente del Juzgado de lo Penal nº 1 de Almería, por delito de abandono de familia, siendo apelante Armando , cuyas demás circunstancias personales constan en la sentencia impugnada, representado por la Procuradora Dª. Francisca Cervantes Aragón y defendido por el Letrado D. Emilio Galera Flores, siendo parte el Ministerio Fiscal y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON JUAN RUIZ RICO RUIZ MORÓN.
Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 1 de Almería en la referida causa se dictó sentencia de fecha 21 de diciembre de 2000, cuyos hechos probados son del tenor literal siguiente: "Que Armando , mayor de edad y sin antecedentes penales, por sentencia de 23 de febrero de 1998, se encuentra divorciado de la que fue su esposa Ángela , estableciéndose en dicha resolución a obligación del acusado de contribuir a las cargas familiares con 50.000 ptas. mensuales, cantidad que en momento alguno ha satisfecho el acusado, a pesar de tener medios suficientes para ello. La perjudicada ha renunciado a ser indemnizada".
Dicha sentencia contiene el siguiente Fallo: "Que debo CONDENAR Y CONDENO A Armando como autor de un delito ya definido de abandono de familia, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal a doce fines de semana de arresto y al pago de las costas procesales".
Por la representación procesal de Armando se interpuso en tiempo y forma, recurso de apelación mediante escrito, en el que se fundamentó la impugnación, solicitando la revocación de la sentencia recurrida y que en su lugar se dicte otra que absuelva del delito del que es acusado.
El recurso deducido fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a lasotras partes personadas quienes interesaron, el Ministerio Fiscal la confirmación de la sentencia recurrida..
Se elevaron las actuaciones a este Tribunal donde se han observado las prescripciones del trámite, señalándose el día 14 de septiembre de 2001, para votación y Fallo y declarándose concluso para sentencia.
HECHOS PROBADOS
UNICO.- Se aceptan los de la sentencia recurrida.
Recurre el acusado el pronunciamiento condenatorio de la sentencia de primera instancia, alegando como esencial motivo de su impugnación la existencia de error en la apreciación de la prueba por parte del Juzgador "a quo", y...
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