SAP Almería, 27 de Mayo de 2000
Ponente | TARSILA MARTINEZ RUIZ |
ECLI | ES:APAL:2000:749 |
Número de Recurso | 27/2000 |
Procedimiento | PENAL |
Fecha de Resolución | 27 de Mayo de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Almería, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº...
En Almería, a 27 de mayo de 2000.
Visto en grado de apelación por la Sección 1ª de esta Audiencia Provincial constituida en Tribunal Unipersonal, conforme a lo dispuesto por el párrafo segundo del número segundo del artículo 82 de la Ley Orgánica del Poder Judicial , por la Ilma. Sra. Magistrada Dª TÁRSILA MARTÍNEZ RUIZ, el Rollo número 27/00 y JUICIO DE FALTAS número 1/99, seguido en el Juzgado de Instrucción nº 1 de El Ejido por Falta de NEGLIGENCIA EN LA CUSTODIA DE ANIMALES, en el que figura como APELANTE Bruno , cuyas circunstancias personales constan en la sentencia impugnada, representado por la Procurador Dª. Rosalía Ruiz Fornieles y defendido por la Letrado Dª. Mª. Carmen Rodríguez Ordoño; y como APELADO Jose Ángel
, representado por el Procurador D. José Aguirre Joya y defendido por el Letrado D. Jesús T. Saracho Megía, siendo también parte el Ministerio Fiscal.
Se aceptan como relación de trámite y antecedentes de hecho los de la sentencia apelada.
Por el Ilmo. Sr. Juez del Juzgado de Instrucción nº 1 de El Ejido, en los referidos autos de Juicio de Faltas se dictó sentencia con fecha 23 de diciembre de 1999 , condenando a Bruno , como autor de una falta del art. 631 del Código Penal , a la pena de 20 días de multa, con cuota diaria de 1.000 ptas., y a que indemnice a la menor Claudia , a través de su representante legal, en la cantidad de
2.000.000 de ptas., condenándolo, igualmente, al pago de las costas procesales causadas; así como el ingreso del animal en un centro veterinario.
Por Bruno se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, interesando en su escrito, de modo principal, se dicte nueva sentencia declarando la nulidad de lo actuado en primera instancia, por las razones expuestas en su correspondiente escrito.
Del recurso se dio traslado a las otras partes personadas, interesando la apelada y el Ministerio Fiscal la confirmación de la resolución recurrida.
Remitidas las actuaciones a este Tribunal, donde se formó Rollo de Sala, turnándose de ponencia, se trajeron los autos para sentencia el día 16 de mayo de 2000.
Se han observado las prescripciones legales.
Solicita, ante todo, la parte recurrente, la nulidad de las actuaciones practicadas en primera instancia, por varios motivos.
Indica en primer término que en las dilignecias previas incoadas por la denuncia de los hechos que ahora nos ocupan, no se le intruyó de sus derechos, ni estuvo asistido de Letrado. Dicho motivo de impugnación...
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SAP Madrid 59/2010, 14 de Abril de 2010
...como dato valorable para formar juicio sobre la concurrencia del elemento subjetivo del delito". Y en el mismo sentido, la SAP Almería de 27 mayo 2000 afirma en el mismo "Indica en primer término que en las diligencias previas incoadas por la denuncia de los hechos que ahora nos ocupan, no ......