SAP Badajoz 1/2003, 21 de Enero de 2003

PonenteFERNANDO PAUMARD COLLADO
ECLIES:APBA:2003:70
Número de Recurso86/1997
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución1/2003
Fecha de Resolución21 de Enero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Badajoz, Sección 2ª

SENTENCIA N° 1/03

ILMOS/AS SR./SRAS

PRESIDENTE.

DON ISIDORO SANCHEZ UGENA.-MAGISTRADOS.

DON CARLOS CARAPETO MARQUEZ DE PRADO.-Don FERNANDO PAUMARD COLLADO -(Ponente)

En BADAJOZ, a veintiuno de Enero de dos mil tres

Habiendo visto, en Juicio Oral y Público, la Sección Segunda de esta Iltma. Audiencia Provincial, integrada por los Sres del margen, la presente causa criminal n° 86/97, derivada del Procedimiento Abreviado 94/96, instruido por el Juzgado de Instrucción n° 1 de Badajoz, por presunto delito de robo con fuerza en las cosas, en que aparecen, como Acusados, aparte de una persona que ya ha sido enjuiciada y sentenciada, el llamado Romeo , con DNI n° NUM000 , mayor de edad, como nacido el 18 de Enero de

1.975, natural de Vigo (Pontevedra) y vecino de Guillarey-Tuy (Pontevedra), C/ DIRECCION000 , hijo de Carlos Manuel y de Eva , casado, sin profesión conocida, declarado insolvente, con antecedentes penales no computables, en situación de libertad provisional por razón de esta causa de la que estuvo privado los días 28 y 29 de Octubre de 1.996, 11 de abril de 1.997, y 29 y 30 de Abril de 2002, representado por el turno de oficio por el Procurador de los Tribunales Don José Sánchez - Moro Viu y defendido por el Letrado Sr. Andujar Ramírez, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal y Ponente el Iltmo. Sr. DON FERNANDO PAUMARD COLLADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por Auto de 29 de Octubre De 1.996, el Juzgado de Instrucción n° 1 de esta Capital, acordó incoar las Diligencias Previas n° 1740/1996, a las que se acumularon llas Diligencias Previas n° 2548/1996, del Juzgado de Instrucción n° 6 de Badajoz, abiertas por denuncia en Comisaría, de un particular, por un supuesto robo.

SEGUNDO

Por Auto de 10 de Diciembre de 1.996, se acordó continuar la tramitación por las normas del Procedimiento Abreviado, bajo el n° 94/96.

TERCERO

El Ministerio Fiscal, calificó los hechos el 6 de Febrero de 1.997, lo que dio lugar a la apertura del Juicio Oral, por Auto de 17 de Febrero de 1.997, en que se tuvo por dirigida la acusación contra Romeo , y otro, por un supuesto delito de Robo con fuerza en las cosas.

CUARTO

La defensa calificó en fecha 8 de Mayo de 1.997.-

QUINTO

Decretada la apertura del Juicio oral, se procedió, luego de varias vicisitudes procesales, que detalladamente aparecen reflejadas en el Rollo de Sala, a señalar para celebración del plenario, el día 17 de este mismo mes y año, en cuya fecha tuvo lugar, con asistencia del acusado.

SEXTO

El Ministerio Fiscal, al elevar a definitivas sus conclusiones provisionales, las modificó en el sentido de entender que los hechos enjuiciados eran constitutivos de una falta de estafa en grado de tentativa, del Art. 623.3° del Código...

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