SAP Burgos, 28 de Enero de 2002

PonenteMARIA ROSA SIMON RODRIGUEZ
ECLIES:APBU:2002:129
Número de Recurso152/2001
ProcedimientoPENAL
Fecha de Resolución28 de Enero de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 1ª

SENTENCIA

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Ilmos. Sres. Magistrados:

D. FRANCISCO MANUEL MARIN IBAÑEZ

D. ROGER REDONDO ARGÜELLES

Dª ROSA SIMÓN RODRÍGUEZ

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BURGOS, a veintiocho de Enero de dos mil dos.

La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, compuesta por los Magistrados expresados, ha visto en segunda instancia la causa procedente del Juzgado de lo Penal nº 1 de Burgos seguida por delito contra la propiedad industrial contra Carlos Alberto , cuyas circunstancias y datos requeridos constan ya en la sentencia impugnada, en virtud de recurso de apelación interpuesto por La Sociedad Esporloisirs, S.A. bajo la representación y defensa del Procurador D. Carlos Aparicio Alvarez y del Letrado D. Pablo Bazan Coruña y personado, con la cualidad de apelado el Ministerio Fiscal y Carlos Alberto ,representado por el Procurador D. Eugenio Echevarrieta Herrera y asistido del Letrado D. Jose Félix Echevarrieta Iñigo, siendo Ponente la Magistrada Dª ROSA SIMÓN RODRÍGUEZ.

Se aceptan los antecedentes de hecho de la primera instancia, expuesto en la sentencia recurrida.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal del que dimana este rollo de Sala dictó sentencia, en cuyos antecedentes se declaran probados los siguientes hechos: De las pruebas practicadas resultan acreditados los siguientes hechos que se declaran probados: 1.- El acusado Carlos Alberto , nacido el día 19 de mayo de 1950 y sin antecedentes penales, es un súbdito senegalés que lleva en España más de ocho años, dedicándose con permiso de residencia y trabajo y también con el correspondiente I.A.E., como medio devida para sus sostenimiento económico y el de su familia, residente en Senegal, a la venta ambulante en los diferentes mercadillos que se instalan semanalmente en la ciudad de Burgos y poblaciones próximas; como tal vendedor ambulante se dedica a la venta de artículos de marroquinería, monederos, bolsos y bisutería, si bien en fecha más recientes y concretamente durante el año 1999 comenzó también a vender en su puesto prendas de vestir. 2.- Así las cosas, sobre las 15.00 horas del día 7 de julio de 1999, miembros de la Guardía Civil, integrantes del Grupo de Investigación Fiscal y Antidroga (G.I.F.A.), a la altura del establecimiento Hipermercado Alcampo, sito en la Avda. de Castilla y León, en Burgos, interceptaron al inculpado Carlos Alberto , cuando circulaba conduciendo la furgoneta de su propiedad, marca Nissán Vanette, matrícula HI-....-H , interviniéndosele en el interior de su vehículo las siguientes prendas que tenía para vender en su puesto de mercadillo: 90 polos de chico, 20 polos de chica, vestidos de chica y 4 camisas de hombre, los cuales llevaban adherida la marca Lacoste, y ello sin el consentimiento o autorización del titular de esta marca, que tiene registrado tanto mencionado nombre como su logotipo o gráfico del "Cocodrilo" en la Oficina Española de Patentes y Marcas; también le fueron intervenidos en el mismo vehículo otras prendas tales como: 20 camisetas, 20 conjuntos de camiseta y pantalón, 6 polos y 8 pantalones de chándal, los cuales llevan la marca Nike y respecto de los cuales no se formula imputación o acusación ninguna.3.- Mencionadas prendas habían sido adquiridas por el acusado a una persona no identificada unos días antes aprovechando que se celebraban las fiestas de San Pedro y San Pablo en la ciudad de Burgos, y lo había hecho pagando por cada una de éllas un precio comprendido entre 800 y

2.600 ptas. mientras que al público las...

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