SAP Barcelona 925/2003, 3 de Noviembre de 2003

PonenteMARIA JOSE MAGALDI PATERNOSTRO
ECLIES:APB:2003:6090
Número de Recurso1126/2003
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución925/2003
Fecha de Resolución 3 de Noviembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 2ª

SENTENCIA nº 925

Ilmo. Sr. Presidente

D .Pedro Martín García

Ilmos. Srs. Magistrados

D. Javier Arzúa Arrugaeta

D. Mª José Magaldi Paternostro

En la ciudad de Barcelona a tres de noviembre de dos mil tres

En nombre de S.M. el Rey la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto en grado de apelación el Procedimiento Abreviado nº 114/02 , Rollo de Apelación nº 1126//03 sobre delito contra la propiedad industrial procedente del Juzgado de lo Penal nº 1 de Mataró , habiendo sido partes en calidad de apelante BBC Worldwide Limited y Ragdoll productions (UK) Limited , representado por el Procurador Sr Frabegas Agustí y defendido por el Letrado Sr. Marquez Martib y en calidad de apelado Cosme , representado por el Procurador Sra Treserras Torrent y defendido por el Letrado Sr Hernández Montes asi como el Ministerio Fiscal ,en virtud del recurso de apelación interpuesto por la acusación particular , contra la sentencia dictada a 4 de junio de 2003 por la Sra Juez del expresado Juzgado.

El recurso fue impugnado por la representación procesal del acusado en esta causa y por el Ministerio Fiscal quienes solicitaron la confirmación de la sentencia apelada.

Ha sido Magistrado Ponente de esta resolución S.Sª Ilma Doña Mª José Magaldi Paternostro, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 4 de junio de 2003 y por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Mataró se dictó sentencia en el Procedimiento Abreviado nº 114/02 que contiene el fallo que aquí se da por reproducido por razones de economía procesal.

SEGUNDO

Apelada fue dicha sentencia por la parte antes reseñada y, previos los trámites legales,se remitieron los autos a esta Sección para su conocimiento y efectos, teniendo entrada en la misma a 16 de octubre de 2003, habiéndose celebrado en el día de la fecha la preceptiva deliberación y votación del recurso en cuya sustanciación se han observado todas las prescripciones legales,

TERCERO

Se aceptan y se dan por reproducidos los antecedentes de hecho y los hechos probados de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada a los que se suman los contenidos en esta resolución.

SEGUNDO

Articula la parte el recurso de apelación que interpone contra la sentencia dictada en la primera instancia sobre un único motivo jurídico error en la apreciación de la prueba en que habría incidido la Juez a quo quien habría pronunciado una sentencia absolutoria que a favor del acusado pronuncia siendo asi que la prueba de cargo practicada en Juicio sería suficiente para fundar una condena por los tipos penales por los que se sostuvo acusación.

Sobre la base de los argumentos jurídicos contenidos en el escrito de formalización del recurso, solicita de este Tribunal la revocación de la sentencia y que se dicte otra de conformidad con sus pretensiones punitivas y resarcitorias

El recurso no puede prosperar en esta alzada por las razones jurídicas que se expresan en los siguientes Fundamentos de Derecho.

TERCERO

Con carácter previo al análisis del fondo del primer motivo del recurso debe ponerse de manifiesto que si bien es cierto que el recurso de apelación permite la revisión de la valoración de la prueba efectuada por el Juez a quo, cierto es también que el hecho de que aquella tenga como base las pruebas practicadas a su presencia, garantizados los principios de publicidad, oralidad y contradicción, oídas acusación y defensa y las propias declaraciones del acusado ( artículos 24 de la CE, 229 de la LOPJ y 741 de la Lecrim) comporta que en principio dicha valoración deba ser respetada hecha excepción de que carezca de todo apoyo en el conjunto probatorio llevado a cabo en el acto solemne del Juicio Oral lo que a todas luces no acontece en la sentencia objeto de apelación.

En efecto, por un lado, la lectura del contenido del recurso pone de manifiesto que el aducido error en la valoración de la prueba se sustenta sobre dos extremos: a) la similitud notoria entre el dibujo estampado en las camisetas de autos y la de los personajes cuyos derechos de propiedad intelectual e industrial es de Ragdoll Productions (UK) Limited lo que a juicio del recurrente ha resultado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Alicante 363/2005, 11 de Julio de 2005
    • España
    • 11 Julio 2005
    ...resultan sobradamente conocidas. Sin embargo la mayoría de las Audiencias Provinciales se decantan en sentido contrario. Así la SAP Barcelona de 3-11-2003 , afirma que aún admitiéndose de "que se trataba de una marca notoria y que el acusado debía conocerla dada la divulgación televisiva de......
1 artículos doctrinales
  • Protección jurídico-penal de las obtenciones vegetales
    • España
    • Estudios jurídico-penales sobre genética y biomedicina Quinta parte: Otros delitos en el marco de la genética
    • 1 Enero 2005
    ...Page 436 previo porque difícilmente se podrá conocer el registro de algo que no esté con anterioridad registrado19. La SAP de Barcelona de 3 de noviembre de 2003, EDJ 2003/164974, entre otras muchas, es igualmente explícita en este sentido cuando afirma "la irrelevancia penal de la conducta......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR