SAP Barcelona, 31 de Julio de 2000
Ponente | OSCAR MORALES GARCIA |
ECLI | ES:APB:2000:10343 |
Número de Recurso | 7643/1999 |
Procedimiento | PENAL |
Fecha de Resolución | 31 de Julio de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 8ª |
SENTENCIA Nº.
Ilmos. Sres.
D. CONCEPCIÓN SOTORRA CAMPODARVE
D. JACOBO VIGIL LEVI
D. OSCAR MORALES GARCÍA
En la ciudad de Barcelona, a 31 de julio de 2000
VISTO, en grado de apelación, ante la SECCION OCTAVA de esta Audiencia Provincial, el presente rollo n. 7643-99, dimanante del Procedimiento Abreviado núm. 441-97, procedente del Juzgado de lo Penal núm. 21 de Barcelona , seguido por delito de alzamiento de bienes contra Marcos , Gabino , Bruno Y Juan Pablo y de estafa contra Marcos , Gabino Y Juan Pablo que penden ante esta Sección en virtud del recurso de apelación interpuesta por el MINISTERIO FISCAL al que se adhirió la representación procesal de la mercantil TESTA, S.A., contra la sentencia dictada en el mismo el día 2 de febrero de 1999 por el Ilmo. Sr. Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: En atención a todo lo expuesto, he decidido absolver a Marcos , a Gabino , a Bruno y a Juan Pablo de un delito de alzamiento de bienes de que han sido acusados y a Marcos , a Gabino y a Juan Pablo de un delito de estafa del que han sido también acusados, declarando las costas de oficio."
Admitido el recurso, se elevaron los autos originales a la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Barcelona, tramitándose el recurso conforme a Derecho, no habiéndose celebrado vista pública.
Con carácter previo a la resolución del recurso, por la Sección Octava se dictó Auto de 28 de junio de 2000 , por el que se desestimaba el recurso de queja interpuesto por la representación procesal de Gabino , contra la admisión por el Juzgado de lo Penal N°- 21 del recurso de apelación interpuesto por el ministerio Fiscal.CUARTO.- En la tramitación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don OSCAR MORALES GARCÍA, quien expresa el parecer del Tribunal.
HECHOS PROBADOS
SE ACEPTAN el relato de hechos probados y los fundamentos de Derecho que se contienen en la Sentencia recurrida en lo que no se opongan a los que se dirán.
Se alega por el recurrente la existencia de un error en la valoración de la prueba que habría provocado la indebida inaplicación de precepto penal, concretamente del artículo 519CP/1973 . El recurso no puede estimarse, a la vista de los fundamentos que se expondrán a continuación.
El recurso entablado por el ministerio Fiscal parte de la base de la existencia de negocios jurídicos ficticios entre la entidad mercantil DOVASA, administrada por el acusado Marcos y PLANTACIÓN, S.A., administrada por el acusado Gabino . Dichas deudas constituirían un negocio realmente inexistente, únicamente documentado en forma contable pero cuya acreditación en actos de traspaso de capital no ha sido suficientemente conseguida. En segundo término, se...
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