SAP A Coruña 12/2004, 30 de Diciembre de 2004

PonenteRAFAEL JESUS FERNANDEZ-PORTO GARCIA
ECLIES:APC:2004:320
Número de Recurso1267/2004
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución12/2004
Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 3ª

SENTENCIA

NÚM. .....

En A CORUÑA , a treinta de diciembre de dos mil cuatro.

Visto por la Sección Tercera de esta Ilma. Audiencia Provincial, constituida por los Ilmos. señores Magistrados que al margen se expresan, el presente recurso de apelación número 1267/2004, interpuesto contra la sentencia dictada el 6 de julio de 2004 por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal de Ferrol, en el Juicio Oral número 34/2003 de dicho Juzgado , siendo apelante el acusado Jesús , mayor de edad, vecino de Narón (La Coruña), con domicilio en la calle CARRETERA000 , NUM000 - NUM001 , provisto del documento nacional de identidad número NUM002 , bajo la dirección del Abogado don Fernando Barro Sabín, quien designó a efectos de notificaciones al Procurador de esta ciudad don Julio-Javier López Valcárcel; y figurando como apelado EL MINISTERIO FISCAL.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

Se aceptan los de la resolución recurrida.

SEGUNDO

En el citado juicio oral se ha dictado el 6 de julio de 2004 sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Jesús del delito contra laseguridad del tráfico como autor de cuatro faltas de lesiones por imprudencia leve con vehículo de motor, previstas y penadas en el artículo 621.3 y 4 en citación de concurso ideal del artículo 77 a la pena de veinticinco días de multa con una cuota diaria de seis euros, y privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores durante ocho meses, absolviéndole del delito contra la seguridad del tráfico por el que se formuló acusación, todo ello con imposición de las costas procesales en la proporción legal."

TERCERO

Notificada la resolución a las partes, se interpuso recurso de apelación, por Jesús , que fue admitido en ambos efectos, y, previa la tramitación legalmente establecida, se elevaron las actuaciones con oficio de fecha 25 de octubre de 2004. Recibidas, se registraron bajo el número 3/1267/2004 con fecha 4 de noviembre de 2004, siendo turnadas a esta Sección. Recibidas el 5 de noviembre de 2004, se dictó providencia admitiendo el recurso, designando ponente, y quedando pendientes de señalamiento cuando por turno correspondiese. Por providencia de 16 de diciembre de 2004 se señaló para examen y fallo el día 27 de diciembre de 2004.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales; y siendo ponente el Ilmo. Magistrado don RAFAEL JESUS FERNANDEZ PORTO.

H E C H O S P R O B A D O S

PRIMERO

Se acepta el relato de hechos probados de la sentencia recurrida, con la matización que se dirá, que es del tenor literal siguiente:

"Resulta probado y así se declara expresamente, que el día 12 de diciembre de 2000, sobre las 1:00 horas, el acusado Jesús , mayor de edad y sin antecedentes penales, conducía el vehículo de motor marca Volkswagen Golf matrícula D-....-DC con póliza de seguro concertada con la entidad "Nacional Suiza Seguros" por la CARRETERA000 de Narón, cuando a la altura del PK 622,5000 donde está situado el cruce con la Avenida Conde de FENOSA y con la calle Río Vespasante, sobrepasó el semáforo que le afectaba en fase roja colisionando con el vehículo marca Peugeot modelo 309 1.6, matrícula W-....-WW que se encontraba girando hacia la izquierda al objeto de incorporarse a la Avenida Conde de FENOSA al permitírselo el semáforo que regulaba la intersección por encontrarse en fase verde.

Como consecuencia de la colisión el vehículo Peugeot 309 resultó con desperfectos en las aletas anteriores, puerta anteriores, capot, defensa y motor. En cuanto a su conductor y ocupantes, alguno de los cuales quedó atrapado en el interior del vehículo precisando la intervención de los bomberos para liberarlo resultaron con las siguientes heridas a consecuencia del impacto:

Serafin , conductor del Peugeot 309, con TCE sin fractura ósea, traumatismo nasal con fisura de huesos propios, fractura de la tibia izquierda, esguince en el tobillo derecho y hematoma en el párpado superior derecho, heridas que curaron transcurridos 73 días durante los cules estuvo imposibilitado para el desempeño de sus ocupaciones habituales, precisando además de una primera atención médica, inmovilización con yeso de la pierna izquierda y vendaje del tobillo derecho, quedándole como secuela dolor en el tobillo izquierdo.

Ernesto , ocupante del Peugeot 309, resultó con politraumatismo y contusión lumbar y abdominal, heridas que curaron transcurridos 330 días, 180 de los cuales estuvo imposibilitado para el desempeño de sus ocupaciones habituales, precisando además de una primera atención médica, 13 días de hospitalización y quedándole como secuela dolor...

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