SAP A Coruña 16/2003, 7 de Febrero de 2003

PonenteANGEL MANUEL PANTIN REIGADA
ECLIES:APC:2003:273
Número de Recurso213/2002
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución16/2003
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 6ª

SENTENCIA 16/03

Ilmos/as Magistrados/as

ÁNGEL PANTIN REIGADA

JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ HERRERO

MARIA DEL CARMEN VILARIÑO LOPEZ

En SANTIAGO A CORUÑA, a siete de Febrero de dos mil tres.

Visto por la Sección Sexta de la Iltma Audiencia Provincial de A Coruña con sede en Santiago, integrada por D. ÁNGEL PANTIN REIGADA, Presidente y D. JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ HERRERO y Dª MARIA DEL CARMEN VILARIÑO LOPEZ, Magistrados, el procedimiento penal Rollo 213/2002 de esta Sección, de apelación de sentencia de procedimiento penal abreviado, dictada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Santiago de Compostela en el Procedimiento Abreviado n° 51/2002 de este Juzgado, dimanante a su vez del procedimiento abreviado n° 56/2000 instruído por el Juzgado de Instrucción n° 1 de Riveira, que versa sobre Abandono de Familia; y en el que son partes, además del Ministerio Fiscal, como apelantes: DON Cesar y como apelados: DOÑA Blanca ; y siendo Ponente el Presidente D. ÁNGEL PANTIN REIGADA, quién expresa el parecer de la sala, procede formular los siguientes Antecedentes de Hecho, Hechos Probados, Fundamentos Jurídicos y Fallo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal n° 1 de Santiago en el Procedimiento Abreviado n° 51/2002 dictó sentencia, con fecha 24 de Abril del 2002, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Cesar como autor de un delito de abandono de familia, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de ARRESTO DE OCHO FINES DE SEMANA y costas, incluidas las de la acusación particular.

Así mismo indemnizará a Blanca en la cantidad que se determine en ejecución por las cantidades adeudadas".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación de D. Cesar se interpuso recurso de apelación que se formalizó en legal forma, con fundamento en las consideraciones legales quedejó consignadas, verificándose los correspondientes traslados y siendo impugnado por la representación de Dª Blanca .

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Sala, se señaló el día 4 de Febrero del 2003 para la deliberación, votación y fallo del presente recurso.

HECHOS PROBADOS

Se admiten los de la sentencia recurrida, que son del tenor literal siguiente:

"UNICO.- El acusado, Cesar , mayor de edad, sin antecedentes penales estaba obligado a abonar a su mujer Blanca la cantidad de 52.000 pesetas mensuales en concepto de contribución a las cargas de matrimonio, obligación establecida en convenio regulador, aprobado por sentencia de 31 de mayo de 1.993 del Juzgado de Primera Instancia n° 1 de Ribeira por la cual se acordaba la separación del matrimonio entre el acusado y Blanca . Desde Febrero de 1995 hasta Junio de 2000 el acusado conociendo su obligación y pudiendo cumplirla únicamente abonó a la Sra. Blanca la cantidad de 70.000 pesetas".

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se alega en el recurso la falta del requisito de perseguibilidad establecido en el art. 228 CP., que exige para la persecución del delito previsto en el art. 227.1 CP. el requisito de la previa denuncia de la persona agraviada o de su representante legal, permitiendo que en el caso de que aquélla fuera menor de edad, incapaz o persona desvalida, pueda denunciar también el Ministerio Fiscal. No consta que dicho argumento haya sido expuesto en la instancia pero al tratarse de un elemento de necesaria...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Madrid 36/2008, 22 de Enero de 2008
    • España
    • 22 Enero 2008
    ...han referido otras Audiencias Provinciales como la de Murcia en sentencia de 15 de Diciembre de 2006 o la Audiencia Provincial de La Coruña en sentencia de fecha 7 de Febrero de 2003. No puede darse por cumplido tal trámite cuando en el acto del juicio oral a D. Ángel Daniel se le preguntó ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR