SAP Córdoba 129/2003, 20 de Mayo de 2003

PonenteANTONIO PUEBLA POVEDANO
ECLIES:APCO:2003:783
Número de Recurso37/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución129/2003
Fecha de Resolución20 de Mayo de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Córdoba, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 129/03

AUDIENCIA PROVINCIAL CÓRDOBA

SECCIÓN SEGUNDA

PRESIDENTE

D. ANTONIO PUEBLA POVEDANO

MAGISTRADOS

D. JUAN RAMÓN BERDUGO GÓMEZ DE LA TORRE

D. ANTONIO JIMÉNEZ VELASCO

APELACIÓN CIVIL

ROLLO 37/03

AUTOS 973/01

JUICIO ORDINARIO

JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 8 DE CÓRDOBA

En Córdoba a veinte de Mayo de dos mil tres.

Vistos por esta Sala los autos de juicio Ordinario nº 973/01-S seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 8 de Córdoba entre DON Eduardo Y DOÑA Eugenia , representados por el procurador/a Sr./a Doña Enriqueta Cañete Leyva y asistido del letrado Sr./a Don Rafael Cañete Guerra contra DON Carlos representado por el procurador/a Sr./a Doña Rosario Duran López y asistido del letrado Sr./a Don Andrés Cid Luque y contra la CIA DE SEGUROS MAPFRE, representada por la procuradora de los Tribunales Doña Inmaculada de Miguel Vargas y asistida del Letrado d. J. Ignacio Martín Sánchez-Palencia; y contra DOÑA Ana , representado por la procuradora Doña Mª José de Luque Escribano y asistido del Letrado D. Luis Serrano Polo pendientes ante esta sala en virtud del recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada en estos autos. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. DON ANTONIO PUEBLA POVEDANO, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada. Primero.- Seguido el juicio en todos sus trámites se dictó sentencia por el Magistrado- Juez, cuya parte dispositiva dice: , Que desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora Doña Enriqueta Cañete Leyva, en nombre y representación DON Eduardo Y DOÑA Eugenia , contra DON Carlos y contra la entidad aseguradora MAPFRE, debo absolver y absuelvo a los referidos demandados de los pedimentos formulados en el suplico de dicha demanda. Que desestimando lademanda interpuesta por la procuradora Doña Rosario Duran López, posteriormente sustituida por la Procuradora Sra. Luque Escribano, en nombre y representación DOÑA Ana , contra DON Carlos y contra la entidad aseguradora MPAFRE, debo absolver y absuelvo a los referidos demandados de los pedimentos formulados en el suplico de dicha demanda. Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Doña Rosario Durán López, posteriormente sustituida por la Procuradora Sra. Luque Escribano, en nombre y representación DOÑA Ana , contra D. Eduardo y contra la Entidad de Seguros AGRUPACIÓN MUTUAL ASEGURODRA (AMA), debo condenar y condeno a los referidos demandados a abonar solidariamente a la actora la cantidad de DIECINUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS EUROS CON OCHENTA Y DOS CENTIMOS (19.572`82 euros) equivalentes a 3.256.643 pesetas, cantidad que generará respecto de la entidad aseguradora el interese previsto en el art. 20 de la L.C.S., a computar desde la fecha de la sentencia. Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Rosario Duran López, en nombre y representación DON Carlos , contra DON Eduardo y contra la entidad de Seguros...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
3 sentencias
  • SAP Málaga 689/2004, 29 de Septiembre de 2004
    • España
    • 29 Septiembre 2004
    ...el consiguiente perjuicio que ello le acarrea, y así lo viene entendiendo la denominada jurisprudencia menor ( sentencia Audiencia Provincial de Córdoba de 20 de mayo de 2.003, de Albacete de 16 de mayo de 2.002 y de esta misma Sala como la citada en los recursos), con la lógica consecuenci......
  • SAP Baleares 109/2004, 22 de Marzo de 2004
    • España
    • 22 Marzo 2004
    ...y de derecho expuestas por las partes en dicho acto". A idéntica conclusión llegó la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba en su sentencia de 20 de mayo de 2003 -con cita de otra sentencia del mismo Tribunal, de fecha 21 de diciembre de 2002-, al conocer en apelación de un a......
  • SAP Cádiz, 13 de Abril de 2004
    • España
    • 13 Abril 2004
    ...pues así lo exige la naturaleza del proceso y los derechos de las partes; ahora bien, como señala la Sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba de 20 de mayo de 2.003, una ley moderna y consciente de los avances existentes para la reproducción de la imagen y del sonido optó, con buen c......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR