SAP Cádiz, 19 de Marzo de 1998

PonenteCARLOS ERCILLA LABARTA
Número de Recurso426/1997
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución19 de Marzo de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 5ª

SENTENCIA nº:

Ilmos. Sres.

Presidente

D. CARLOS ERCILLA LABARTA

Magistrados

D. ANGEL L. SANABRIA PAREJO

D. RAMON ROMERO NAVARRO

JUZGADO: San Fernando n° 3

Juicio Incidental n° 45/97

Rollo Apelación Civil n° 426

Año: 1.997

En la ciudad de Cádiz a día 19 de Marzo de 1998.

Vistos en trámite de apelación por la Sección Quinta de esta Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz, los autos del Recurso de Apelación Civil de referencia del margen, seguidos por Juicio Incidental Cuantía, en el que figura como parte apelante D. Aurelio , defendido en esta instancia por el Letrado Sr. D. Rafael Sánchez Sierra y representado por el Procurador Sr. Hernández Olmo, y como parte apelada Dª. Carla , defendido por el Letrado Sr. Naves Casal, asistiendo en su lugar el día de la vista el Letrado Sr. López Martínez y representado por el Procurador Sra. Conde Mata; actuando como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON CARLOS ERCILLA LABARTA.

ANTECEDENTES DE HECHO

1°.- Por el Juzgado de Primera Instancia n° 3 de los de San Fernando, se dictó sentencia cuyo Fallo literalmente transcrito dice: "Desestimando íntegramente la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales, D. Manuel AZCARATE GODED, en nombre y representación de D. Aurelio , contra Dª. Carla , en reclamación de la presentación de documentos y cuentas de la Sociedad "VARACE S.L. EN LIQUIDACIÓN", DEBO DECLARAR Y DECLARO NO ADMISIBLE LA DILIGENCIA SOLICITADA Y CORRECTA LA OPOSICIÓN, si bien por motivas distintos a los alegados por la parte, debiendo condenar al solicitante al pago de las costas causadas en este incidente."

  1. - Contra la antedicha sentencia por la representación de D. Aurelio se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que fue admitido a trámite por el Juez "a quo" remitiendo las actuaciones a esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes.3°.- Recibidos los autos en esta Sala, se formó el correspondiente rollo, turnándose la ponencia, y cumplidos los trámites legales de instrucción de Ponente y de las partes, se señaló para la vista de apelación el día 18 de Marzo de 1.998, en cuya Audiencia se celebró la vista del recurso.

IIº.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1°.- El art. 497 de la LECivil regula las llamadas Diligencias Preliminares de juicio, las cuales constituyen unas diligencias especiales concebidas para permitir al demandante el conocimiento de unos datos, hechos o...

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