SAP Ciudad Real 129/2005, 19 de Septiembre de 2005

PonenteCARMEN PILAR CATALAN MARTIN DE BERNARDO
ECLIES:APCR:2005:568
Número de Recurso233/2005
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución129/2005
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 2ª

SENTENCIA 129

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Iltmos. Sres.

PRESIDENTE.

Dª. CARMEN PILAR CATALAN MARTIN DE BERNARDO.

MAGISTRADOS.

Dª. MONICA CESPEDES CANO.

D. IGNACIO ESCRIBANO COBO.

D. FULGENCIO V. VELAZQUEZ DE CASTRO PUERTA

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En Ciudad Real, a diecinueve de Septiembre de dos mil cinco.

Vistos por la Sección Segunda, de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los precedentes autos de Procedimiento Abreviado número 176-2002, del Juzgado de lo Penal número 2 de Ciudad Real , seguidos por un delito contra la ordenación del territorio, contra Luis , representados por el Procurador de los Tribunales Sra. Rodrigo Ruiz, y defendido por el Letrado Sr. Alen Vázquez. Ha sido también parte el Ministerio Fiscal, en la representación que por la Ley le está conferida, y ponente, DÑA. CARMEN PILAR CATALAN MARTIN DE BERNARDO, quien expresa el parecer de los Ilustrísimos Señores componentes de esta Sección, que al margen se relacionan, en los siguientes términos.ANTECEDENTES DE HECHO.

PRIMERO

Que por el meritado Juzgado de lo Penal número 2 de esta Ciudad, se dictó sentencia con fecha 20 de septiembre de 2.004 , cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Luis como autor responsable de un delito contra la ordenación del territorio ya definido, sin la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal a la pena de seis meses de prisión, con accesoria de suspensión del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de catorce meses con cuota diaria de tres euros, con responsabilidad personal en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas insatisfechas".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación para ante esta Audiencia, por el Ministerio Fiscal, mediante escrito en el que se exponían las razones de la impugnación y se terminaba solicitando la revocación del fallo recurrido.

TERCERO

Admitido a trámite el recurso referido, de su escrito de interposición el Juzgado confirió traslado a las demás partes por el término de 10 días, y, finalmente, el Juzgado elevó las actuaciones a la Audiencia, donde, prescindiendo de la celebración de vista, se deliberó esta resolución en el dia de hoy.

CUARTO

Que en la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los hechos probados y fundamentos de derecho de la sentencia dictada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Ante la sentencia dictada en la primera instancia por el Juez Penal, se interpone recurso de apelación por el M. Fiscal, alegando como unico motivo, la indebida inaplicación del art. 319.3 del C. Penal .

Por la...

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