SAP Madrid, 5 de Febrero de 2002

PonenteJOSE ANGEL CHAMORRO VALDES
ECLIES:APM:2002:1676
Número de Recurso1227/2000
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 22ª

SENTENCIA Nº

Fecha de Sentencia:5 de febrero de 2002

Procedimiento: INCIDENTE

Nº Rollo: 1227/00

Autos Nº:96/00

Procedencia: JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 3 DE COLLADO

Ponente: Ilmo. Sr. D. José Angel Chamorro Valdés

Transcripción:

Demandado/ Apela :

Procurador:

Demandante/Apelado:

Procurador:

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

SECCION 22ª

Rollo Nº: 1227/00

Autos : 96/00

Procedencia: JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 3 de COLLADO VILLALBA Ponente: ILMO. SR. D. José Angel Chamorro ValdésDemandante/ Apela nte : DOÑA Elvira

Procurador: DON JUAN A. GARCIA SAN MIGUEL Y ORUETA

Demandado/Apelado: DON Augusto

Procurador: DOÑA Mª TERESA RODRIGUEZ PECHIN

SENTENCIA Nº

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. Eduardo Hijas Fernández

Ilmo. Sr. D. Eladio Galán Cáceres

Ilmo. Sr. D. José Angel Chamorro Valdés

En Madrid, a 5 de Febrero de dos mil dos

La Sección Vigésimo Segunda de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, los autos de Modificación de Medidas de Divorcio nº 96/00 procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Collado Villalba, seguidos entre partes:

De una, como apelante, Doña Elvira , representado por el Procurador Sr.García San Miguel y Orueta y asistido por la Letrado Doña Carmen D. Baeza Ordoñez.

De otra, como apelado, Don Augusto , representado por la Procuradora Sra. Rodríguez Pechin y defendida por la Letrado Doña Mª Rosario Aizpurua Garzón .

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don José Angel Chamorro Valdés.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la sentencia apelada.

SEGUNDO

Que en fecha 26 de Octubre de 2000 por el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Collado Villalba se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " FALLO: Que estimando la pretensión de modificación de medidas instada por Elvira frente a su esposo Augusto , DEBO DECRETAR Y DECRETO:

La sustitución de las medidas de pensión compensatoria adoptada en la sentencia de divorcio del matrimonio formado por Elvira y Augusto (sentencia de 23 de octubre de 1998 de la Audiencia Provincial de Madrid, sección 22, Rollo núm. 1928/97) por la siguiente:

La atribución a Doña Elvira el derecho de uso de habitación de la vivienda unifamiliar sita en la C/ DIRECCION000 núm. NUM000 de Galapagar con la entrega mensual con cargo a Don Augusto de 125.000 pesetas revisable en base al Indice de Precios al Consumo.

No ha lugar a pronunciamiento expreso en cuanto a las constas derivadas de esta causa. Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de quinto día.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo."

TERCERO

Notificada la mencionada sentencia a las partes, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación de Doña Elvira que fue admitido en ambos efectos y, en virtud, previos los oportunos emplazamientos, se han remitido los autos a esta Superioridad, ante la que han comparecido ambas partes, sustanciándose el recurso por sus trámites legales y celebrándose la vista de la apelación el día 4 de los corrientes, con la asistencia de los letrados de las partes, que informaron cuanto creyeronconveniente en apoyo de sus pretensiones.

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

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