SAP Madrid 115/2002, 6 de Febrero de 2002
Ponente | FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ |
ECLI | ES:APM:2002:1721 |
Número de Recurso | 293/2001 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 115/2002 |
Fecha de Resolución | 6 de Febrero de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 24ª |
SENTENCIA Nº 115
Magistrados:
Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ
Ilmo. Sr. D. Angel Sánchez Franco
Ilma. Sra. Dª Carmen García de Leaniz Cavallé
EN MADRID A SEIS DE FEBRERO DE DOS MIL DOS.
Vistos y oídos en grado de apelación por la Sección 24ª de esta Audiencia
Provincial de Madrid, los autos de Modificación de Medidas de Divorcio número 230/00,
procedentes del Juzgado de 1ª Instancia número 4 de Leganés.
De una, como apelante, D. Jose Luis , representado por la
Procuradora Dª VICTORIA RODRIGUEZ-ACOSTA LADRON DE GUEVARA.
Y de otra, como apelado, Dª Yolanda , representada por el
Procurador D. FERNANDO RUIZ DE VELASCO MARTINEZ ERCILLA.VISTO, siendo Ponente el Magistrado de la Sala el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ, que expresa el parecer de la misma.
La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.
Que en fecha 21 de Febrero de 2001, por el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Leganés, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que en la demanda formulada por la Procuradora Sra. Ruiz Resa, en nombre y representación de D. Jose Luis , contra Dª Yolanda , representada por el Procurador Sr. Díaz Alfonso, debo ABSOLVER Y ABSUELVO en la instancia, a la demandada, sin entrar a conocer del fondo de la cuestión planteada, con expresa imposición de las costas causadas al demandante.".
Notificada la anterior resolución a las partes, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación legal de D. Jose Luis , a fin de lograr su revocación y la Sala, en su lugar, declare que no se da en el caso defectuosa constitución de la relación procesal en el presente proceso y, en su consecuencia, debe entrarse en el fondo del asunto planteado y estimándose la pretensión de esta parte se debe acordar la reducción de la pensión de alimentos concedida a favor de Jose Luis fijándola en
20.000,- Ptas. mensuales y todo ello por las razones expresadas en el escrito de fecha 4 de Abril de 2001.
Frente a tales pretensiones, la parte apelada, es decir, la representación legal de Dª Yolanda , solicita la desestimación del recurso de apelación interpuesto de contrario y la confirmación de la sentencia de instancia, y todo ello por lo argumentado en su escrito de fecha 19 de Abril de 2001.
Que en la tramitación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones legales.
Conocida ya la razón de ser de la presente alzada, en la extensión y términos anunciados, por la expresión de los motivos que llevaron al recurrente a impugnar la resolución de instancia; es llegado el momento de dar respuesta concreta a las anunciadas pretensiones a la luz de la legalidad vigente, doctrina jurisprudencial y en consideración a las circunstancias que adornaron el presente caso. Así, en primer lugar, con respecto al motivo relativo a la constitución en el presente proceso de las partes; del estudio de las actuaciones, cabe estimar este primer motivo y declarar que en el caso esta bien entablada la...
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