SAP Jaén 618/2001, 20 de Septiembre de 2001

PonenteFERNANDO BERMUDEZ DE LA FUENTE
ECLIES:APJ:2001:1676
Número de Recurso66/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución618/2001
Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª

SENTENCIA Núm. 618

Iltmos. Sres.

Presidente

D. FERNANDO BERMUDEZ DE LA FUENTE

Magistrados

D. JOSE REQUENA PAREDES

D. JOSE ANTONIO CORDOBA GARCIA

En la ciudad de Jaén, a Veinte de Septiembre de dos mil uno.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio de MENOR CUANTIA seguidos en primera instancia con el número 260 del año 2.000 por el Juzgado de Primera Instancia numero 8 de Jaén, rollo de apelación de esta Audiencia número 66 del 2.001, a instancia de Dª. Virginia representada ante este Tribunal, como Apelada por la Procuradora doña Mercedes Mesa Olmo y defendida por el Letrado don Luis Heredia Barragán; contra BAÑULS ATRACCIONES S.L. y CENTRO ASEGURADOR COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. representados ante este Tribunal, como Apelantes, por la Procuradora doña María Teresa Cátedra Fernández y defendidos por el Letrado don Jesús Santos Fernández.

ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia n° 8 de Jaén con fecha Veinte de Diciembre del dos mil.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando la demanda formulada por la Sra. Procuradora Dª. Mercedes Mesa Olmo, en nombre y representación de Dª. Virginia , contra Blaus Atracciones S.L. y la entidad aseguradora Centro Asegurador S.A, que intervinieron representadas por la Sra. Procuradora Dª. María Teresa Cátedra Fernández, debo condenar y condeno a las demandadas a que abonen conjunta y solidariamente a la actora la cantidad de un millón cuatrocientas cincuenta y un mil trescientas setenta y dos pesetas

(1.451.372 ptas.), cantidad que devengará -tan solo respecto de la aseguradora- los intereses legales incrementados en un 50% desde la fecha del siniestro (10-10- 99), con el mínimo de 20% total una vez transcurran dos años, con imposición de las costas a las entidades demandadas".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso por Bañuls Atracciones S.L. y Centro Asegurador Compañía de Seguros y Reaseguros S.A., en tiempo y forma, recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia n°8 de Jaén, que acordó la remisión de los autos a esta Audiencia, previo emplazamiento de las partes, para comparecer ante la mima.

TERCERO

Recibidos los autos en este Tribunal, se acordó la formación del correspondiente rollo,que se registrara el mismo, y habiéndose personado en forma y tiempo oportuno las partes, convenientemente instruidas por su orden, así como el Magistrado Ponente, se acordó tuviera lugar la vista el día 19 de Septiembre del 2.001, cuyo día comparecieron las partes ante este Tribunal, solicitando los apelantes la revocación de la sentencia apelada, dictándose otra por la que se desestime la demanda con la condena en costas a la parte actora, y subsidiariamente de confirmarse la sentencia se haga uso por la Sala de la facultad que le concede el art 1103 del Código Civil para moderar el "quantum" de la indemnización; y por la apelada se solicitó la confirmación de la sentencia recurrida por estar ajustada a derecho con expresa imposición de las costas del recurso a los apelantes.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. FERNANDO BERMUDEZ DE LA FUENTE, Presidente de esta Sección Segunda.

ACEPTANDO los Fundamentos de Derecho de la resolución impugnada, que la Sala hace suyos y da por reproducidos a fin de evitar reiteraciones innecesarias.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como reiteradamente tiene declarado esta Sala, tratándose de una reclamación de cantidad...

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