SAP Málaga 600/2002, 9 de Julio de 2002
Ponente | MARIA DE LA SOLEDAD JURADO RODRIGUEZ |
ECLI | ES:APMA:2002:3033 |
Número de Recurso | 597/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 600/2002 |
Fecha de Resolución | 9 de Julio de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Málaga, Sección 6ª |
SENTENCIA Nº 600/02
Ilmos.Sres.
Presidente D.ANTONIO ALCALA NAVARRO.
Magistrados Dª SOLEDAD JURADO RODRIGUEZ
D. JOSE CALVO GONZALEZ.
En Málaga a nueve de julio de dos mil dos.
Vistos en grado de apelación, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial, los autos de juicio ordinario nº 168/01 procedentes del Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Marbella sobre obligación de hacer seguidos a instancia de Comunidad de Propietarios DIRECCION000 representada en el recurso por el Procurador Don Andrés Vázquez Guerrero y defendido por el Letrado Don Oscar Salas Diaz contra Don Jose Francisco y otra representados en el recurso por el Procurador Don Alfredo Gross Leiva pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por los demandados contra la sentencia dictada en el citado juicio.
El Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Marbella dictó sentencia de fecha 5 de marzo de 2002 en el juicio ordinario nº 168/01 del que este rollo dimana, cuya parte dispositiva dice así: "Que estimando totalmente la demanda interpuesta por la representación de Comunidad de Propietarios DIRECCION000 frente a D. Jose Francisco y Doña Luz , debo condenar y condeno a los demandados a reponer las terrazas del apartamento de su propiedad a su estado originario, imponiéndoles asimismo las costas causadas en el presente procedimiento."
Contra la expresada sentencia se tuvo por preparada la apelación en virtud de escrito presentado por la Procuradora Dª Marta Anaya Rubio en nombre y representación de D. Jose Francisco y Dª Luz , que interpuso el recurso en plazo y forma, del que se dio traslado a la otra parte, presentado escrito de oposición al recurso, remitiéndose los autos a esta Audiencia, donde al no haberse propuesto prueba ni considerarse necesaria la celebración de la vista, previa deliberación de la Sala que tuvo lugar el día nueve de Julio de 2002, quedaron las actuaciones conclusas para sentencia.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente la Iltma. Sra. Dª SOLEDAD JURADO RODRIGUEZ.
Por la parte recurrente se interesa la nulidad de actuaciones por cuanto no llegó a grabarse el acto del juicio en el disco compacto, lo que impide a dicha parte visualizarlo a fin de argumentar el recurso de apelación contra la sentencia dictada tras dicho acto, circunstancia que se ha comprobado por esta Sala al no haberle sido posible ni oír ni ver la grabación del juicio supuestamente contenida en el disco compacto remitido por el Juzgado, lo...
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