SAP La Rioja 595/1999, 15 de Septiembre de 1999

PonenteMARIA DEL CARMEN ARAUJO GARCIA
Número de Recurso665/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución595/1999
Fecha de Resolución15 de Septiembre de 1999
EmisorAudiencia Provincial - La Rioja

SENTENCIA Nº 595 de 1999

Visto el presente recurso de apelación CIVIL, que pende ante esta Ilma. Audiencia Provincial, dimanante del juicio verbal nº 421/97, rollo de Sala nº 665/98, contra la sentencia de fecha 30-7-98, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Logroño , recurrida por "SEGUROS GENERALI SA", representado por la Procuradora Sra. Valdemoros Díaz y asistido del Letrado Sr. Purón Picatoste; siendo apelados: 1º.- D. Carlos Antonio y LA María Antonieta , representados por la Procuradora Sra. Rivero Francia y asistidos del Letrado Sr. Peche López; 2º.- "CONSORCIO, DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS", representado por el Abogado del Estado; y 3º.- rebelde, D. Gregorio ; recurso en el que ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada D. CARMEN ARAUJO GARCIA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, con fecha 30 de julio de 1998, se dictó sentencia en cuyo Fallo se señalaba: "Que estimando parcialmente la demanda formulada por D. Carlos Antonio y Dª María Antonieta representados por la Procuradora Sra. Rivero Francia, contra D. Gregorio en situación procesal de rebeldía, la aseguradora "ASSICURAZIONI GENERALI SA", representada por la Procuradora Sra. Valdemoros Díaz de Tudanca y el CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS representado y defendido por el Abogado del Estado, debo condenar y condeno a D. Gregorio y a la compañía "ASSICURAZIONI GENERALI SA" a que conjunta y solidariamente abonen a D. Carlos Antonio la suma de SESENTA Y UN MIL NOVECIENTAS VEINTE PESETAS (61.920 pts) y a Dª María Antonieta la suma de CIENTO SETENTA Y TRES MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO PESETAS (173.198 pts). Las citadas cantidades líquidas devengan para el codemandado Sr. Gregorio el interés legal prevenido en el art. 921 de la LEC , para la ejecución de sentencias, desde la fecha de esta resolución hasta su completo pago y para la aseguradora "GENERALI" el interés legal del dinero aumentado en un 50% desde la fecha del siniestro hasta su completo pago. Todo ello sin especial imposición de costas excepto a las causadas al Consorcio de Compensación de Seguros que se imponen a la parte actora".

SEGUNDO

Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación de "SEGUROS GENERALI SA", se interpuso contra la misma recurso de apelación que fue admitido, con traslado por cinco días a las demás partes para alegación, y con remisión final de los autos a esta Ilma. Audiencia, en la que se formó el rollo de apelación correspondiente y se turnó procedentemente para dictar resolución.

TERCERO

En la tramitación del presente rollo, se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Que, a la vista de los alegatos que la recurrente Seguros General, expresa en su escrito (folio 160) articulando el recurso de apelación que interpone contra la sentencia de instancia, pretendiendohallarse el contrato de seguro extinguido a la fecha en que se produce el siniestro, lo cual, según expone, sí resulta oponible frente a tercero y alegando haberse...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
5 sentencias
  • SAP Cádiz 367/2003, 11 de Diciembre de 2003
    • España
    • 11 Diciembre 2003
    ...inmune a las excepciones personales que al asegurador quepan contra el tomador o el asegurado. La Sentencia de la Audiencia Provincial de La Rioja de fecha 15 de septiembre de 1.999 resume estos criterios, "conforme establece el art. 15 de la Ley de Contrato de Seguro, producido el impago "......
  • SAP Tarragona, 25 de Febrero de 2003
    • España
    • 25 Febrero 2003
    ...ejercicio de la acción directa del artículo 76 de la Ley del Contrato de Seguro. Podemos citar en este sentido la sentencia de la Audiencia Provincial de La Rioja de 15-9-99: "La Jurisprudencia ha expresado reiteradamente que si el contrato subsiste en su vigencia, con posibilidad por parte......
  • SAP Cádiz 118/2002, 5 de Junio de 2002
    • España
    • 5 Junio 2002
    ...inmune a las excepciones personales que al asegurador quepan contra el tomador o el asegurado. La Sentencia de la Audiencia Provincial de La Rioja de fecha 15 de septiembre de 1.999 resume estos criterios, "conforme establece el art. 15 de la Ley de Contrato de Seguro, producido el impago "......
  • SAP Cádiz 96/2002, 15 de Julio de 2002
    • España
    • 15 Julio 2002
    ...inmune a las excepciones personales que al asegurador quepan contra el tomador o el asegurado. La Sentencia de la Audiencia Provincial de La Rioja de fecha 15 de septiembre de 1.999 resume estos criterios, "conforme establece el art. 15 de la Ley de Contrato de Seguro, producido el impago "......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR