SAP La Rioja 415/2003, 17 de Diciembre de 2003

PonenteLUIS MIGUEL RODRIGUEZ FERNANDEZ
ECLIES:APLO:2003:792
Número de Recurso301/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución415/2003
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 415 DE 2003

Visto el presente recurso de apelación CIVIL, que pende ante esta Ilma. Audiencia Provincial, dimanante del juicio Ordinario nº 304/02; rollo de apelación nº 301/03 contra la sentencia de fecha 9 de abril de 2003, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº1 de Calahorra; recurrida por la mercantil "ELECTRICIDAD Y FERRETERIA HERNÁNDEZ S.L.", representada por la procuradora Sra. Marco Ciria y asistida por el letrado Sr. Rubio Royo; siendo apelada la mercantil "CONSTRUCCIONES MOLLEGAR S.L.", representada por el procurador Sr. Echevarrieta y asistida por el letrado Sr. Nieto Calvo; recurso en el que ha sido ponente D. Luis Miguel Rodríguez Fernández.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que con fecha 9 de abril de 2003, se dictó sentencia en cuyo fallo se recogía:" Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Don Santiago Echevarrieta Herrera, en representacion de Construcciones Mollegar S.L., DEBO CONDENAR Y CONDENO a la parte demandada a que restituya a la actora, como propietaria, la posesion del local comercial en planta baja, finca registral nº NUM000 , del Registro de la Propiedad de Arnedo, inscrita al Tomo NUM001 , Libro NUM002 , Folio NUM003 , que tiene una referencia catastral NUM004 , número de orden en division horizontal 2, que pertenece al inmueble sito en el número NUM005 del PASEO000 de Arnedo, y que tiene una cuota de participación dentro del inmueble de 1,07 puntos porcentuales, y los siguientes lindes: derecha entrando, elemento individual tres; izquierda, portal y pasillo de acceso a la escalera dos; fondo, pasillo de acceso a la escalera; con una superficie de 29,39m2; con expresa condena en costas a la parte demandada."

SEGUNDO

Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación de la parte demandada se presentó escrito solicitando se tuviese por preparado en tiempo y forma la apelación, que fue admitida, con traslado por 20 días a la parte recurrente para que interpusiese ante el Juzgado el recurso de apelación. Interpuesto éste, se dio traslado a las demás partes para que en 10 días presentasen escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada, en lo que le resultase desfavorable.

TERCERO

Seguido el recurso por todos sus trámites, se señaló para la celebración de la votación y fallo el día 16 de diciembre de 2003.

CUARTO

En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La resolución dictada en primera instancia, que recoge el pronunciamiento al que se ha hecho referencia y estimatorio de las pretensiones de la mercantil demandante, es objeto de recurso de apelación por la parte demandada, la mercantil ELECTRICIDAD Y FERRETERIA HERNANDEZ, SL,representada por la Procuradora María Luisa Marco Ciria, quien interesa que, con estimación del recurso presentado, se dicte sentencia revocando la de la instancia e imponiendo las costas procesales a la mercantil actora.

La mercantil demandante, CONSTRUCCIONES MOLLEGAR, SL, ejercitaba en el procedimiento en el que se dictó la resolución recurrida una acción reivindicatoria, que recaía sobre un local situado en el PASEO000 de Arnedo, que se describe en la demanda como "Local comercial en planta baja, Finca registral nº NUM000 , del Registro d la Propiedad de Arnedo, inscrita al Tomo NUM001 , Libro NUM002 , Folio NUM003 . Se trata de un local comercial en planta baja con referencia catastral NUM004 , número de orden en división Horizontal 2, que pertenece al inmueble sito con el número NUM005 del PASEO000 de Arnedo". El título invocado y aportado por la demandante es la escritura pública de compraventa, otorgada ante el Ilustre Notario de Arnedo D. Carlos Ramón Pueyo Cajal, el 16 de junio de 1998, con número 1021 de su protocolo, y se dirige frente a la mercantil demandada ELECTRICIDAD Y FERRETERIA HERNANDEZ, SL, de quien se dice que utiliza el local en cuestión para realizar su actividad económica.

Al contestara a la demanda ELECTRICIDAD Y FERRETERIA HERNANDEZ, SL, reconoció la identidad del local, e incluso la utilización del mismo por su parte, si bien alegó que sobre el local objeto de litigio existe un acuerdo extrajudicial entre las partes, acompañando el documento en el que pretendidamente se plasma tal acuerdo (folios 41 y siguientes de las...

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