SAP Murcia 304/2004, 26 de Noviembre de 2004
Ponente | JOSE MANUEL NICOLAS MANZANARES |
ECLI | ES:APMU:2004:2528 |
Número de Recurso | 153/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 304/2004 |
Fecha de Resolución | 26 de Noviembre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª |
SENTENCIA NUM. 304
Iltmos. Sres.
D. José Manuel Nicolás Manzanares
Presidente
D. Matías M. Soria Fernández Mayoralas
D. José Joaquín Hervás Ortiz
Magistrados
En la ciudad de Cartagena, a veintiséis de Noviembre de dos mil cuatro.
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio de Menor Cuantía número 208/2000 -Rollo 153/2004-, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Uno de Cartagena , entre las partes: como actora Doña Pilar , representada por el Procurador Don Gregorio Farinós Martí y dirigida por el Letrado Don Álvaro Roda Alcantud, y como demandado Don Carlos Ramón , representado por la Procuradora Doña María del Mar Posadas Molina y dirigido por el Letrado Don José Hilario Rodríguez García. En esta alzada actúa como apelante el demandado y como apelada la demandante, ambas partes con la misma representación y defensa que tenían en la instancia. Interviene el Ministerio Fiscal al amparo de su Estatuto. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don José Manuel Nicolás Manzanares, que expresa la convicción del Tribunal.ANTECEDENTES DE HECHO
Por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Uno de Cartagena en los referidos autos, tramitados con el número 208/2000, se dictó sentencia con fecha 5 de marzo de 2002 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda interpuesta por el procurador DON GREGORIO FARINÓS MARTÍ, en nombre y representación DOÑA Pilar contra DON MARTÍN RAJA RUIZ. Acuerdo conceder la guarda y custodia de los menores Rosario y Antonio a favor de DOÑA Pilar , estableciéndose el régimen de visitas acordado en el fundamento de derecho segundo de la presente resolución, y condenando al demandado a que abone a la demandante, en concepto de alimentos para los menores, la cantidad de 120´20 euros (20.000 pesetas) mensuales, cantidad que abonará por mensualidades anticipadas, en los cinco primeros días de cada mes, y que serán anualmente incrementadas conforme al I.P.C., sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas".
Contra dicha sentencia, se preparó recurso de apelación por la Procuradora Doña María del Mar Posadas Molina, en nombre y representación de Don Carlos Ramón , que, una vez admitido a trámite, interpuso en tiempo y forma, exponiendo por escrito y dentro del plazo que al efecto le fue conferido, la argumentación que le sirve de sustento. Del escrito de interposición del recurso se dio traslado a la parte contraria y al Ministerio Fiscal, emplazándolos por diez días para que presentaran escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que les resultara desfavorable, dentro de cuyo término el Procurador Don Gregorio Farinós Martí, en nombre y representación de Doña Pilar , presentó escrito de oposición al recurso interpuesto de contrario. Seguidamente, previo emplazamiento de las partes por término de treinta días, fueron remitidos los autos a este Tribunal, donde se formó el correspondiente rollo de apelación, con el número 153/2004 , que ha quedado para sentencia sin celebración de vista, tras su votación y fallo en el día de la fecha.
En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.
En numerosas sentencias este tribunal ha venido recordando que es principio elemental, necesaria e indeclinablemente inspirador del dictado de cualquier medida atinente a los hijos, el de que es su interés el que debe prevalecer por encima de cualquier otro, incluido el de sus padres o progenitores; auténtica pauta de conducta inamovible contenida en la Declaración de los Derechos del Niño...
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