SAP Granada 544/2006, 24 de Noviembre de 2006
Ponente | MOISES LAZUEN ALCON |
ECLI | ES:APGR:2006:2129 |
Número de Recurso | 184/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 544/2006 |
Fecha de Resolución | 24 de Noviembre de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Granada, Sección 4ª |
SENTENCIA Nº 544
ILTMOS. SEÑORES:
PRESIDENTE
D.JOSE MARIA JIMENEZ BURKHARDT
MAGISTRADOS
D.MOISES LAZUEN ALCON
D.JUAN FRANCISCO RUIZ RICO RUIZ
==============================
En la Ciudad de Granada a veinticuatro de Noviembre dos mil seis. La Sección Cuarta de esta
Iltma. Audiencia Provincial, ha visto, en grado de apelación los precedentes autos de Juicio de Impugnación de Tasación de Costas, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número Tres de Motril, en virtud de demanda de D.Dª. Clara Y D. Luis Miguel , representados en esta alzada por el procurador Sr. Serrano Peñuela, contra Dª. Ariadna , D. Humberto , Dª. Alejandra y Dª. María Antonieta y Dª. Rita representada por el procurador Sr. Rubio Paves, en esta alzada.
Aceptando como relación los "Antecedentes de Hecho" de la resolución apelada, y
La referida resolución, fechada en quince de Diciembre de dos mil cinco, contiene el siguiente fallo: " Que, estimando parcialmente la demanda de impugnación de la tasación de costas por indebidas dimanante del juicio de menor cuantía número 36/20058, promovida por Dª Ariadna , D. Humberto Y Dª. Alejandra , representados por la Procuradora señora Pastor Cano y defendidos por el Letrado señor Vázquez Espejo, contra Dª. Clara Y D. Luis Miguel , declaro haber lugar a la reducción de partidas de honorarios de abogado y derechos de procurador en el tercio de la cuantía del procedimiento computadarespecto de cada una de las personas litigantes que obtuvieron el pronunciamiento de condena en costas, sobre la cuantía de 6.010´12 euros en que el artículo 523.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881 valora la pretensión inestimable que fue objeto del citado juicio, por lo que la tasación deberá ser corregida en el sentido anterior, practicándose nueva tasación por la Señora Secretaria de este Juzgado. No procede hacer declaración de costas con relación al presente incidente. ".
Sustanciado y seguido el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, por escrito y ante el Órgano que dictó la sentencia; de dicho recurso se dio traslado a las demás partes para su oposición o impugnación, tras ello se elevaron las actuaciones a este Tribunal, señalándose día para la votación y fallo, en que ha tenido lugar.
Han sido observadas las prescripciones legales de trámite.
Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. MOISES LAZUEN ALCON.
Frente a la sentencia, dictada en 15-12-05, por el Juzgado de primera instancia número tres de motril, en Incidente de Impugnación de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAP Baleares 109/2011, 15 de Marzo de 2011
...1881 se ha de aplicar por cada uno de los demandados condenados. No es éste el criterio de esta Sala, por cuanto, como dice la SAP de Granada de 24 noviembre 2006, EDJ 2006/454671, "toda vez que la demanda se dirigió frente a los demandados, que litigaron unidos y bajo una misma representac......