SAP Guadalajara 98/2002, 4 de Noviembre de 2002

PonenteMARIA ANGELES MARTINEZ DOMINGUEZ
ECLIES:APGU:2002:496
Número de Recurso159/2002
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución98/2002
Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Guadalajara, Sección 1ª

SENTENCIA N° 98

En GUADALAJARA, a cuatro de noviembre de dos mil dos.

VISTOS en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial los autos de Procedimiento Abreviado n° 72/2002 procedentes del Juzgado de lo Penal a los que ha correspondido en esta alzada el Rollo n° 159/2002, en los que aparece como parte apelante Javier , representado por el Procurador D. Andrés Beneytez Agudo y dirigido por la Letrada Dª Lucia Vázquez Bárcena y como parte apelada el MINISTERIO FISCAL, sobre quebrantamiento de condena, y siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª ÁNGELES MARTINEZ DOMINGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los correspondientes a la sentencia apelada.

SEGUNDO

En fecha 19 de julio de 2002 se dictó sentencia, cuyos hechos probados son los siguientes: "Apreciando en conciencia la prueba practicada, se declara probado que Javier , mayor de edad, fue condenado por sentencia de 20 de julio de 2000, dictada en el Juicio de Faltas 900/2000 del Juzgado de Instrucción n° 22 de Madrid, como autor de una falta contra el orden público, a la pena de 30 días de multa, con cuota diaria de 500 pesetas y responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertadpor cada dos cuotas impagadas; ante el impago de la multa, se impone al acusado la responsabilidad personal subsidiaria de arresto de 7 fines de semana, librándose el mandamiento al Director de la Oficina de Gestión Penitenciaria; y en fecha 20 de febrero de 2001 se establece el Plan de Ejecución de arrestos de fin de semana, con la intervención del interesado que firma el mismo; por auto de 14 de marzo de 2001, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria n° 1 de Madrid acuerda aprobar el Plan de ejecución de la pena de arresto de fin de semana respecto del penado por tiempo de siete fines de semana, desde el 25-5-2001 hasta el 6-7-2001, cumpliendo la misma en el Centro Penitenciario de Madrid-II Guadalajara = Comenzado el Plan, y teniendo perfecto conocimiento del mismo el acusado, dejó de cumplirlo, y así el Director de Programas del referido CIS. comunica al Juzgado el 28 de mayo de 2001 que el acusado no compareció a cumplir el fin de semana anterior, primero de su cumplimiento, y el 4 de junio de 2001 comunica que no compareció el pasado fin de semana (segunda ausencia), y el 11 de junio de 2001 comunica que no compareció el fin de semana anterior (tercera ausencia), y el 18 de junio de 2001 comunica que no compareció el fin de semana anterior (cuarta ausencia), y posteriormente el penado no acudió ningún fin de semana de los siete que tenía que cumplir....

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