SAP León 266/2000, 13 de Julio de 2000
Ponente | LUIS ADOLFO MALLO MALLO |
ECLI | ES:APLE:2000:1595 |
Número de Recurso | 261/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 266/2000 |
Fecha de Resolución | 13 de Julio de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - León, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION TERCERA
LEON
ROLLO CIVIL N°. 261/2000
Juicio Ejecutivo n°. 326/98
Juzgado de 1ª. Instancia n°. 1 de PONFERRADA.-SENTENCIA N°. 266/2000
ILMOS. SRS.
D. LUIS ADOLFO MALLO MALLO.- Presidente
D. MIGUEL ANGEL AMEZ MARTINEZ.- Magistrado
D. AGUSTIN PEDRO LOBEJON MARTINEZ.- Magistrado.
En la ciudad de León, a trece de Julio de dos mil.
VISTO ante el Tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial el recurso de apelación civil arriba indicado, en el que ha sido parte apelantes ECODESGUACES BIERZO S.L. representado por la Procuradora Dª. Ana Belén Novoa Mato y dirigido por el letrado D°. Javier Gil Fierro y BANCO DE CASTILLA S.A. representado por la Procuradora Dª. Beatriz Sánchez Muñoz y dirigido por el letrado D°. Angel Camblor Jordán, actuando como Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. D. LUIS ADOLFO MALLO MALLO.
Por el Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia n°. 1 de Ponferrada, se dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Desestimo los motivos de oposición formulados por la Procuradora Sra. Barrio Mato, en nombre y representación de la entidad ECODESGUACES BIERZO S.L., D°. Ernesto , Dª. Olga , y Dª. Silvia , y en su virtud, estimo la demanda ejecutiva interpuesta por la Procuradora Sra. González Rodriguez, en representación del BANCO DE CASTILLA, ordenando que siga adelante la ejecución despachada contra la parte demandada y que con el producto de los bienes y derechos embargados o que se embarguen, se haga entero y cumplido pago a la actora de la suma de DOS MILLONES SETECIENTAS DIECINUEVA MIL SETECIENTAS TRESCE PESETAS (2.719.713 pesetas), más los intereses LEGALES desde la interpelación judicial, así como a las costas procesales derivadas de esta instancia, a cuyo pago condeno expresamente a la parte demandada."
Contra la relacionada sentencia que lleva fecha de 29 de enero de 2.000 , se interpuso recurso por la parte apelante, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Sección, y seguidos los demástrámites, se señaló para la vista el día 26-06-2000.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada en tanto sean compatibles y no se contradigan con los que siguen.
Recurso interpuesto por la ejecutada ECODESGUACES BIERZO S.L. y otros.- Impugna la sentencia apelada oponiendo la falta de fuerza ejecutiva de la póliza de préstamo en virtud de la cual se despachó la ejecución, por reputar nulas las cláusulas 6ª y 8ª de la póliza, por abusivas, invocando la aplicación del art. 10-4 en relación con el 10-bis de la C.G.D.C .
La cláusula 6ª incorpora la facultad del Banco de resolver anticipadamente el contrato, no puede tacharse de abusiva, pues no se trata de una facultad arbitraria e indiscriminada sino que se condiciona a la concurrencia de alguna de las causas que en el contrato se mencionan, las que se refieren a incumplimientos de obligaciones...
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...es precisamente cuando se dude que el deudor, llegado el día del vencimiento, cumpla su obligación." (En el mismo sentido, la SAP de León de 13 de julio de 2000 . entre Asimismo, es plenamente ajustada a derecho la reclamación de la cantidad pendiente de vencer, ya que lo único que se recla......