SAP Huesca 125/2004, 18 de Junio de 2004

PonenteANTONIO ANGOS ULLATE
ECLIES:APHU:2004:227
Número de Recurso94/2004
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución125/2004
Fecha de Resolución18 de Junio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª

Sentencia Apelación Penal Número 125

PRESIDENTE

D. GONZALO GUTIÉRREZ CELMA

MAGISTRADOS

D. ANTONIO ANGÓS ULLATE

D. JOSÉ TOMÁS GARCÍA CASTILLO

En Huesca, a dieciocho de junio de dos mil cuatro.

En nombre del Rey, la Audiencia Provincial de Huesca ha visto, en grado de apelación, la causa procedente del juzgado de instrucción número 3 de Huesca y tramitada como diligencias urgentes de juicio rápido con el número 5/2004, por delito de maltrato familiar, rollo 24/2004 del juzgado de lo penal de Huesca; contra el acusado, Imanol , cuyas circunstancias personales constan en la sentencia impugnada, defendido por el letrado don Manuel Arcas Gutiérrez. Es parte acusadora el Ministerio fiscal. El acusado, Imanol , ha interpuesto recurso de apelación, el cual ha quedado registrado ante esta Audiencia al número 94/2004. Actúa como ponente de esta sentencia el magistrado Ilmo. Sr. ANTONIO ANGÓS ULLATE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la causa antes reseñada, el ilustrísimo magistrado juez del juzgado de lo penal de Huesca dictó la sentencia impugnada el día 4 de febrero de 2004 , cuya parte dispositiva dice literalmente así:

"FALLO

Que debo condenar y condeno a Imanol como autor responsable de un delito del art. 153, 1 y 2 C.P , con la concurrencia de la atenuante cualificada 21.5 C.P . a la pena de tres meses y veintidós días de prisión, con la accesoria de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo durante la condena. Se adopta asimismo la prohibición de aproximación y comunicación por cualquier medio con Dª Ariadna por tiempo de 1 año, sin perjuicio de las medidas que eventualmente pudiera adoptarse con relación al hijo y en interés deéste. = Con imposición de las costas procesales devengadas".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia, el acusado, Imanol , interpuso el presente recurso de apelación, mediante el cual, alegando los motivos que estimó procedentes y que luego serán estudiados, solicitó una sentencia absolutoria con todos los pronunciamientos favorables. El juzgado admitió a trámite el recurso y dio traslado a las partes personadas, en cuya fase el Ministerio fiscal lo impugnó.

Seguidamente, el juzgado elevó las actuaciones a este tribunal, que procedió a la deliberación de esta sentencia.

HECHOS PROBADOS

ÚNICO : Damos por reproducidos los que contiene la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El acusado solicita en el recurso su absolución del delito de maltrato familiar por el que ha sido condenado en primera instancia, para lo cual aduce falta de credibilidad de la denunciante en sus manifestaciones inculpatorias y, en segundo término, la atipicidad como delito de los hechos enjuiciados.

Con relación al primer extremo, no apreciamos error alguno en la valoración de las pruebas. Como venimos diciendo continuamente, el criterio del juzgador a quo debe prevalecer sobre esta materia porque ha gozado de la debida inmediación (de la que carece este tribunal ad quem ), a menos que el discurso intelectivo en que se funde sea...

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