SAP Guadalajara 34/2000, 3 de Febrero de 2000
Ponente | ISABEL SERRANO FRIAS |
ECLI | ES:APGU:2000:46 |
Número de Recurso | 205/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 34/2000 |
Fecha de Resolución | 3 de Febrero de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Guadalajara, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº 34
En GUADALAJARA a tres de Febrero de dos mil
VISTO en grado de apelación ante esta Ilma Audiencia Provincial los autos de Cognición nº 125/99 procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Guadalajara , a los que ha correspondido el Rollo Nº205/99, en los que aparece como parte apelante Caja de Seguros Reunidos, Compañia de Seguros y Reaseguros Caser, representado por la Procuradora doña Sonsoles Calvo Blazquez y defendida por la Letrada Doña Esmeralda Cuadro Palacios y como parte apelada DIRECCION000 , representada por la Procuradora doña Encarnación Heranz Gamo y defendido por el Letrado Don Luis Fernández Echeverría, versando sobre reclamación de cantidad y siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª ISABEL SERRANO FRÍAS.
Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.
En fecha 28 de mayo de 1999 se dictó sentencia , en cuya parte dispositiva se establece: FALLO: Que estimando la excepción de falta de legitimación activa opuesta por la Procuradora doña Encarnación Heranz Gamo en el nombre y representación de la DIRECCION000 de Guadalajara, y desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora doña Sonsoles Calvo Blázquez en el nombre y representación de Caja de Seguros Reunidos, Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. CASER, sin entrar a conocer del fondo del asunto, debo absolver y absuelvo en la instancia a la demandada, imponiendo las costas a la actora.
Notificada dicha resolución a las partes por la representación de Caja de Seguros Reunidos Compañía de Seguros y Reaseguros Caser, se interpuso recurso de apelación contra la misma; admitido que fue, emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, se sustanció el recurso por todos sus trámites, llevándose a efecto la vista del mismo el pasado día 1 de febrero del presente año con el resultado que obra en el acta.
Con carácter previo, y dado el pronunciamiento de la sentencia de instancia frente a la que se articula el presente recurso de apelación, es preciso el examen de la excepción de falta de legitimación activa apreciada de oficio por la juzgadora a quo. Se razona en su fundamento de derecho primero el acogimiento de la excepción referida entendiendo la juzgadora que opuso la parte demandada tal motivo de oposición, incurriendo así en una interpretación errónea de la expresión contenida en el fundamento de derecho segundo del escrito de contestación a la demanda, donde se venia a negar el derecho de subrogación de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAP Guipúzcoa 279/2011, 3 de Octubre de 2011
...hubiesen correspondido al perjudicado indemnizado. Esta acción ha sido examinada en diversas resoluciones y así la sentencia de la A.P. de Guadalajara de 3 de febrero de 2000 señala que el ejercicio de la acción del art. 43 de la L.C.S . exige que el asegurador haya realizado la prestación ......
-
SAP Guipúzcoa 41/2018, 9 de Abril de 2018
...hubiesen correspondido al perjudicado indemnizado. Esta acción ha sido examinada en diversas resoluciones y así la sentencia de la A.P. de Guadalajara de 3 de febrero de 2000 señala que el ejercicio de la acción delart.43de la L.C.S.exige que el asegurador haya realizado la prestación indem......
-
SAP Guipúzcoa 82/2012, 7 de Marzo de 2012
...hubiesen correspondido al perjudicado indemnizado. Esta acción ha sido examinada en diversas resoluciones y así la sentencia de la A.P. de Guadalajara de 3 de febrero de 2000 señala que el ejercicio de la acción del art. 43 de la L.C.S . exige que el asegurador haya realizado la prestación ......
-
SAP Guipúzcoa 38/2017, 8 de Marzo de 2017
...hubiesen correspondido al perjudicado indemnizado. Esta acción ha sido examinada en diversas resoluciones y así la sentencia de la A.P. de Guadalajara de 3 de febrero de 2000 señala que el ejercicio de la acción del art. 43 de la L.C.S . exige que el asegurador haya realizado la prestación ......