SAP Guadalajara 34/2000, 3 de Febrero de 2000

PonenteISABEL SERRANO FRIAS
ECLIES:APGU:2000:46
Número de Recurso205/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución34/2000
Fecha de Resolución 3 de Febrero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Guadalajara, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 34

En GUADALAJARA a tres de Febrero de dos mil

VISTO en grado de apelación ante esta Ilma Audiencia Provincial los autos de Cognición nº 125/99 procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Guadalajara , a los que ha correspondido el Rollo Nº205/99, en los que aparece como parte apelante Caja de Seguros Reunidos, Compañia de Seguros y Reaseguros Caser, representado por la Procuradora doña Sonsoles Calvo Blazquez y defendida por la Letrada Doña Esmeralda Cuadro Palacios y como parte apelada DIRECCION000 , representada por la Procuradora doña Encarnación Heranz Gamo y defendido por el Letrado Don Luis Fernández Echeverría, versando sobre reclamación de cantidad y siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª ISABEL SERRANO FRÍAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.

SEGUNDO

En fecha 28 de mayo de 1999 se dictó sentencia , en cuya parte dispositiva se establece: FALLO: Que estimando la excepción de falta de legitimación activa opuesta por la Procuradora doña Encarnación Heranz Gamo en el nombre y representación de la DIRECCION000 de Guadalajara, y desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora doña Sonsoles Calvo Blázquez en el nombre y representación de Caja de Seguros Reunidos, Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. CASER, sin entrar a conocer del fondo del asunto, debo absolver y absuelvo en la instancia a la demandada, imponiendo las costas a la actora.

TERCERO

Notificada dicha resolución a las partes por la representación de Caja de Seguros Reunidos Compañía de Seguros y Reaseguros Caser, se interpuso recurso de apelación contra la misma; admitido que fue, emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, se sustanció el recurso por todos sus trámites, llevándose a efecto la vista del mismo el pasado día 1 de febrero del presente año con el resultado que obra en el acta.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Con carácter previo, y dado el pronunciamiento de la sentencia de instancia frente a la que se articula el presente recurso de apelación, es preciso el examen de la excepción de falta de legitimación activa apreciada de oficio por la juzgadora a quo. Se razona en su fundamento de derecho primero el acogimiento de la excepción referida entendiendo la juzgadora que opuso la parte demandada tal motivo de oposición, incurriendo así en una interpretación errónea de la expresión contenida en el fundamento de derecho segundo del escrito de contestación a la demanda, donde se venia a negar el derecho de subrogación de...

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