SAP Jaén 195/2000, 13 de Diciembre de 2000

PonenteMARIA JESUS JURADO CABRERA
ECLIES:APJ:2000:2140
Número de Recurso182/2000
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución195/2000
Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª

SENTENCIA N° 195

En la Ciudad de Jaén, a trece de diciembre de dos mil.

Vistos en grado de apelación en esta Audiencia Provincial, Sección Primera, constituida por la Magistrada Dª. Mª Jesús Jurado Cabrera, las Diligencias de JUICIO DE FALTAS número 128 del año 2.000, Rollo de Apelación número 182 del año 2.000, tramitadas por el Juzgado de Instrucción de Jaén, nº 3 , por la falta de Malos tratos.

Aparece como apelante Carlos María .

Aparece como apelado Ángela y el Ministerio Fiscal.

Aceptando los Antecedentes de Hecho de la Sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción de Jaén, nº 3, con fecha 28 de septiembre de 2.000 .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que debo condenar y condeno a Carlos María como autor penalmente responsable de una falta de Malos Tratos, prevista y penada en el art. 617-2º del C. Penal a la pena de DIEZ DIAS de multa con cuota diaria de 500 Pts, y arresto sustitutorio en caso de impago de un día de privación por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que habrá de cumplirse en centro penitenciario".

SEGUNDO

Que contra dicha sentencia y dentro del plazo legal se interpuso recurso de apelación por el denunciado, Carlos María , presentando para ello el oportuno escrito de alegaciones, en el que lo basa en error en la apreciación de la prueba, solicitando la revocación de la sentencia y se dicte otra por la que sea absuelto.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes la denunciante y el Ministerio Fiscal presentaron escrito de impugnación solicitando la confirmación de la sentencia. Remitiéndose los autos a esta Audiencia, donde se dictó providencia ordenando quedaran sobre la mesa para dictar sentencia o resolución oportuna.

ACEPTANDO los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Dictada sentencia en la instancia, por la que se condena al denunciado como autor responsable de una falta de malos tratos, prevista y sancionada en el art. 617 del Código Penal , se remitió por el mismo escrito al Juzgado alegando que solicita que se haga justicia, según consta a los folios 17 y 18 de las actuaciones.

Ante la parquedad en la fundamentación de dicho escrito, con ello no se tiene en cuenta suficientemente que, conforme al art. 795.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , es en el escrito de formalización del recurso donde han de expresarse todas las alegaciones y pretensiones que se ejercitan en segunda instancia, sin que exista otro momento procesal apto para formular pretensiones. No obstante ello,y siendo lo cierto que la prevalencia del derecho a la tutela judicial efectiva, reconocido en el art. 24.1 de la Constitución Española , y la obligación de todos los órganos jurisdiccionales de promover una contradicción efectiva y evitar toda situación de indefensión, obliga en ocasiones a entender que se está ejercitando la pretensión que se deduce del cuerpo del escrito, que en este caso, sería de revocación de la sentencia dictada, para que en su lugar se dicte otra absolutoria, razón ésta, que aconseja resolver directamente el recurso en cuanto al fondo.

Se debe de tener en cuenta que el derecho de defensa incluido en el derecho ala tutela judicial efectiva, sin indefensión garantizan el derecho a acudir al proceso y a los recursos legalmente establecidos en el procedimiento, en el que se respetan los principios de bilateralidad, contradicción e igualdad de armas procesales; por lo que procederemos como hemos dicho a analizar el presente que debe ser...

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