SAP Jaén 330/2002, 17 de Septiembre de 2002
Ponente | MARIA JESUS GALLARDO CASTILLO |
ECLI | ES:APJ:2002:1225 |
Número de Recurso | 285/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 330/2002 |
Fecha de Resolución | 17 de Septiembre de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº 330
Ilmos. Sres.
PRESIDENTE
D. Pío Aguirre Zamorano
MAGISTRADOS
Dª. María Jesús Jurado Cabrera
Dª. María Jesús Gallardo Castillo
En la Ciudad de Jaén a, diecisiete de septiembre de dos mil dos.
Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario seguidos en primera instancia con el nº 189 del año 2001, por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Cazorla, rollo de apelación de esta Audiencia nº 285 del año 2002, a instancia de D. Jose Pedro defendido en la instancia, como apelante, por el Letrado Sra. Padial Santín, contra la Entidad Aseguradora CASER, representada en la instancia, como apelada, por la Letrada Sra. Hernanz Sobrino.
ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Cazorla, con fecha 22 de mayo de 2002.
Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Dª. Inmaculada Sola Muñoz, en nombre y representación de D. Jose Pedro contra la entidad "CASER SEGUROS SA.", debo efectuar los siguientes pronunciamientos: 1º. Condenar en la entidad "CASER SEGUROS SA." a pagar a D. Jose Pedro mil doscientos catorce euros con cuatro céntimos (1214'04 euros) más el interés determinado en el Fundamento de Derecho 7º de esta Resolución.- 2º. Sin expresa imposición de costas.".
Contra dicha sentencia se interpuso por la parte actora, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Cazorla, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso interesando la revocación de la Sentencia por otra de acuerdo con sus pretensiones.
Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación, se presentó escrito impugnándolo por la parte demandada, remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, en la que se formó el rollo correspondiente, quedando las actuaciones sobre la mesa para dictar la resolución oportuna.
En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.Siendo Ponente la Iltma. Sra. Dña. María Jesús Gallardo Castillo.
Aceptando los Fundamentos de Derecho de la resolución impugnada.
Se ejercita por la parte actora acción de reclamación por los daños sufridos en un dedo al haber sufrido el demandante un accidente de trabajo, y lo hace frente a la entidad aseguradora demandada con la que aquél tenía suscrita una póliza que cubre, entre otros, estos daños. Discrepan las partes litigantes la cuantía a que debe ascender la indemnización, no mostrándose de acuerdo ni en cuanto al cómputo de los días de baja ni en cuanto al porcentaje de indemnización que corresponde según el grado de incapacidad que ha seguido a la lesión sufrida.
Respecto de la primera cuestión, es decir, los días que han de computarse como baja a los efectos de fijar la indemnización, el actor considera que éstos ascienden a 210, por lo que solicita una indemnización por...
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