SAP Jaén 45/2004, 27 de Febrero de 2004

PonenteMARIA ELENA ARIAS-SALGADO ROBSY
ECLIES:APJ:2004:290
Número de Recurso69/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución45/2004
Fecha de Resolución27 de Febrero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª

SENTENCIA Núm. 45

Iltmos. Sres.:

PRESIDENTA: Dª. ELENA ARIAS SALGADO ROBSY

MAGISTRADO: D. JOSE REQUENA PAREDES

MAGISTRADO: D. JOSE ANTONIO CORDOBA GARCIA.

En la ciudad de Jaén, a Veintisiete de Febrero de dos mil cuatro.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, los autos de Juicio Verbal sobre Desahucio por falta de pago de la renta, seguidos en primera instancia con el núm. 65/2003, por el Juzgado de Primera Instancia nº Dos de Ubeda, rollo de apelación de esta Audiencia núm. 69/2004, a instancia de D. Juan Enrique y otros, representados en la instancia por el Procurador Sr. Soto Cubero y defendidos por el Letrado Sr. Garrido Carretero contra Dª Patricia , representada en la instancia por el Procurador Sr. Arias García y defendida por el Letrado Sr. García López.

ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº Dos de Ubeda con fecha 29 de octubre de 2003.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó Sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Se acuerda desestimar la demanda presentada por D. Jaime Soto Cubero en representación de D. Juan Enrique , Dª. Carmela , Dª. Concepción y Dª. Patricia , contra Dª. Flor , representada por D. Juan Arias García y ello con imposición de costas a la parte actora".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se tuvo por preparado primero y se interpuso después por la parte actora, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido por el Juzgado de Primera Instancia nº Dos de Ubeda, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso interesando la estimación de la demanda de desahucio.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación se presentó escrito de oposición al mismo por la parte demandada que insta la confirmación de la sentencia; remitiéndose por el Juzgado las actuaciones, con emplazamiento de las partes ante esta Audiencia, en cuya Sección Segunda, tras su reparto, se formó el rollo correspondiente, quedando pendiente de deliberación votación y fallo que tuvo lugar el día de hoy.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Siendo Ponente la Magistrada Iltma. Sra. Dª. ELENA ARIAS SALGADO ROBSY.

ACEPTANDO los Fundamentos de Derecho de la resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se recurre la sentencia desestimatoria de la demanda de desahucio de local de negocio por falta de pago de la renta, (en concreto y exclusivamente por el impago del importe del I.B.I. relativo al año 2001), en pretensión de que se revoque dicha resolución, y en su lugar se de lugar a la resolución del contrato pretendida. Se alegan varios motivos siendo el primero la incongruencia de la sentencia al no resolver la cuestión litigiosa en los términos en que quedó planteada en el pleito.

El motivo no puede ser acogido pues la sentencia no incide en el error alegado, centrando perfectamente la cuestión debatida, por más que la resuelva acogiendo la tesis de la demandada, acorde, ya anticipamos, con el criterio reiterado de esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Jaén,( Sentencias 26-12-1996, 21-1-1997), y de la Sección 1ª de la misma Audiencia ( Sentencia de 22-3-2000).

La cuestión no es otra que si el impago del IBI, en contratos celebrados con anterioridad a la entrada en vigor de la nueva LAU, puede sustentar la acción de desahucio. Es claro que según el núm. 1 de la disposición transitoria 2ª , de la LAU 29/1994, continuará rigiéndose por las normas relativas al contrato de inquilinato de la LAU/1964, lo que supone la regla general de la irretroactividad, con las...

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