SAP Huelva 172/2002, 26 de Junio de 2002

ECLIES:APH:2002:665
Número de Recurso14/2002
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución172/2002
Fecha de Resolución26 de Junio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Huelva, Sección 2ª

SENTENCIA NÚM.172

SALA

Ilmos. Sres

Presidente

D. Francisco José Martín Mazuelos.

Magistrados

D. Andrés Bodega de Val.

Dª Mercedes Izquierdo Beltrán.

En Huelva a veintiséis de junio de dos mil dos.

Esta Audiencia Provincial, en su Sección 2ª, compuesta por los Magistrados anotados al margen, ha visto Juicio Oral y Público, la causa procedente del Juzgado de Instrucción núm. 3 de La Palma del Condado, seguida por el Procedimiento Abreviado, por un delito contra la Salud Pública, contra Juan Francisco , con D.N.I. núm. NUM000 , nacido en Almonte (Huelva) el día 14 de marzo de 1972, hijo de Carlos Jesús y de Antonia , con domicilio en CALLE000 núm. NUM001 de Almonte, sin antecedentes penales, insolvente y en libertad provisional por esta causa de la que ha estado privado durante los días 9 de febrero de 2001 al 9 de marzo de 2001, representado por la Procuradora Dª Inmaculada García González y defendido por el Letrado D. Diego Elías Porras Ramírez. Proceso penal en el que ha sido parte acusadora el Ministerio Fiscal representado por el Iltmo. Sr. Don Carlos García Saez.

ANTECEDENTES DE HECHOS

  1. Incoadas Diligencias Previas por el Juzgado de Instrucción núm. 3 de La Palma del Condado seguido por todos sus trámites y practicadas las diligencias pertinentes y continuada su tramitación por el Procedimiento Abreviado, el Ministerio Fiscal formuló acusación por un delito contra la Salud Pública contra Juan Francisco .

  2. Presentado escrito de defensa por la representación del acusado y remitida la causa a estaAudiencia Provincial para el enjuiciamiento de los hechos, se admitieron las pruebas propuestas por las partes reputadas pertinentes y se señaló el acto del juicio oral para el día 25 de junio, en cuya acto el Ministerio Fiscal formuló acusación por un delito contra la Salud Pública del art. 368 del Código Penal, por los que solicitó se le impusiera la pena de 3 años y seis meses de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de 474.000 pesetas con apremio personal caso de impago de 30 días, comiso y destrucción de la sustancia estupefaciente intervenida, comiso del dinero intervenido, y costas. Con abono de la prisión preventiva sufrida. Entrega definitiva de las escopetas y joyas intervenidas a sus legítimos dueños.

HECHOS PROBADOS

Por vigilancias de un agente de la Guardia Civil, por sospecha de que el acusado Juan Francisco , venía dedicandose a la venta de sustancias estupefacientes, se pudo comprobar que una vez a la semana abandonaba la localidad de Almonte y se dirigía a Sevilla con el fin de adquirir droga y a la vuelta contactaba con diversos jóvenes. Así el día 9 de febrero de 2001 la Guardia Civil interceptó a diversos jóvenes que se habían citado con el acusado en la Gasolinera sita en la carretera A-493. Los agentes solicitaron y obtuvieron autorización Judicial para entrar y registral el domicilio del acusado sito en la CALLE000 núm. NUM001 de Almonte, así como de un solar a su disposición sito en la c/ DIRECCION000 nº NUM002 . En la C/ DIRECCION000 se intervino una balanza digital, 57 recortes redondos de plástico y un bote de amoníaco y 0'7908 gr. de cocaína, con una pureza de 81.84% valorada en 15.800 pesetas. La sustancia encontrada así como la cantidad de 955.500 pesetas, fueron intervenidas al acusado así como joyas que fueron entregadas a su compañera sentimental, legítima dueña.

El acusado es consumidor habitual de dicha sustancia estupefaciente y no consta probado que se dedique a la venta de estupefacientes ni que el dinero intervenido tenga tal ilícita procedencia.

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