SAP Murcia 94/1998, 14 de Octubre de 1998

PonenteANDRES PACHECO GUEVARA
Número de Recurso155/1998
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución94/1998
Fecha de Resolución14 de Octubre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Murcia

SENTENCIA Nº 94

Iltmos. Sres.

D. Antonio Salas Carceller

Presidente

D. Juan Antonio Jover Coy

D. Andrés Pacheco Guevara

Magistrados

En la ciudad de Murcia a catorce de Octubre de mil novecientos noventa y ocho.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación las presentes actuaciones de orden penal, rollo nº 155/98, procedentes del Juzgado de lo Penal nº 4 de Murcia y tramitadas con el nº 238/97 por las normas del Procedimiento Abreviado de la Ley Orgánica 7/88 , por delito de falso testimonio contra Vicente y Joaquín cuyas circunstancias personales ya constan; en virtud del recurso de apelación interpuesto el querellante, D. Juan Manuel , que ha estado representado por el Procurador Sr. Arcas Barnés y defendido por el Letrado Sr. Hernández Bravo contra la sentencia de fecha 5/3/98 dictada por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Murcia en la causa indicada. Siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Andrés Pacheco Guevara, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal nº 4 de Murcia dictó, en las actuaciones de que el presente rollo dimana, sentencia de fecha 5/3/98 declarando probados los siguientes hechos:

"UNICO. Probado y así se declara que el 27 de junio de 1994, la representación de Juan Manuel , propietario de una finca urbana en la CALLE000 de Lorca, formuló demanda de Juicio Verbal sobre acción negatoria de servidumbre contra Jorge , propietario de una finca colindante, debido a que éste último había abierto una ventana con vistas a la del demandante, autos que con el nº 337/94 se tramitaron por el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Lorca, celebrándose el juicio correspondiente el 26 de octubre de 1994, en el que comparecieron como testigos propuestos por el demandado los acusados Vicente y Joaquín , ambos mayores de edad y sin antecedentes penales, quienes manifestaron, por los recuerdos que tenían de cuando eran niños, que entre las propiedades del demandante y demandado existía un paso usado por los vecinos denominado " CALLE000 ", manifestando que ignoraban cómo se encontraba en el momento en el que se efectuó el juicio porque hacía mucho tiempo que no pasaban por allí, y declararon que la ventana de referencia estaba allí toda la vida. La sentencia recaída en el Juicio Verbal de fecha 18 de noviembre de 1994 , en su Fundamento de Derecho segundo dice: "En el caso que nos ocupa, las pruebas testificales practicadas y la documental aportada por la parte demandada llevan a afirmar la aplicabilidad del art. 584 CC , ya que parece ser que las fincas del actor y del demandado están separadas por un camino, que,hasta hace poco tiempo, fue usado de forma pública por los vecinos de la zona y no se ha acreditado plenamente que pertenezca de modo privativo al actor, ya que no hay coincidencia de linderos en las escrituras de propiedad que una y otra parte ha presentado. Por todo lo expuesto, procede la desestimación de la demanda y absolución del demandado.", imponiendo al demandante el pago de las costas."

SEGUNDO

Como consecuencia de ello, la expresada resolución contiene el siguiente fallo:

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Cantabria 43/2001, 26 de Marzo de 2001
    • España
    • 26 Marzo 2001
    ...faltar consciente y deliberadamente a la verdad en el propósito de favorecer al acusado" (A.P. Coruña S. 8-3-99). La Audiencia Provincial de Murcia en Sentencia de 14-10-98 "Reclama para su apreciación el hecho de faltar un testigo, en sus deposiciones, a la verdad de los hechos de una mane......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR