SAP Murcia 78/1999, 22 de Septiembre de 1999

PonenteANTONIO SALAS CARCELLER
Número de Recurso83/1996
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución78/1999
Fecha de Resolución22 de Septiembre de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Murcia

SENTENCIA Nº 78

En la ciudad de Murcia, a veintidós de septiembre de mil novecientos noventa y nueve.

Vista en juicio oral y público ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial la causa a que se refiere el presente Rollo nº 83/96, dimanante del Procedimiento Abreviado iniciado por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Murcia con el nº 9/91, por delitos de cohecho, falsedad y estafa, en el que figuran como acusados, Alberto , nacido en Cehegín (Murcia), el 23 de mayo de 1924, hijo de Pedro Miguel y de Teresa , casado, agente de la propiedad inmobiliaria, domiciliado en Murcia, Avda. DIRECCION000 , Edificio DIRECCION001 , sin antecedentes penales, de ignorada solvencia y en libertad provisional por esta causa, de la que ha estado privado desde el 28 de abril al 22 de mayo de 1989, Aurelio , nacido en San Javier (Murcia) el 25 de julio de 1934, hijo de Bruno y de Amanda , domiciliado en Murcia, calle DIRECCION002 nº NUM000 , sin antecedentes penales, de ignorada solvencia y en libertad provisional por esta causa, de la que igualmente ha estado privado desde el 28 de abril al 22 de mayo de 1989, ambos defendidos por el Letrado Sr. Pérez Abadía; Alfredo , nacido en Riaza (Segovia) el 30 de noviembre de 1927, hijo de Cornelio y de Araceli , veterinario, domiciliado en Murcia, calle DIRECCION003 , Edif. DIRECCION004 , sin antecedentes penales, de ignorada solvencia y en libertad provisional por esta causa, de la que ha estado privado desde el 2 al 12 de mayo de 1989, defendido por el Letrado Sr. Andúgar Carbonell; David , nacido en Valencia el 30 de noviembre de 1958, hijo de Gabriel y de Elena , casado, veterinario, domiciliado en Cartagena, RAMBLA000 nº NUM001 - NUM002 , sin antecedentes penales, de ignorada solvencia y en libertad provisional por esta causa, de la que ha estado privado desde el 3 al 10 de mayo de 1989, defendido por el Letrado Sr. Cárceles Moreno; Carina , Silvio , Lucio , Everardo , Ángel , Juan María , María Antonieta , Dolores , Luis Carlos , Serafin , Lorenzo , Fernando , Blas , Miguel Ángel , Juan Luis , Carlos Ramón , Vicente , Rafael , Aurora , Manuel , Ismael , Ildefonso , Patricia , Iván , Concepción , Julián , Rita , Mauricio , Lázaro , Estela , Marcos , Mariano , Marí Luz , Ricardo , Romeo , Lina , Víctor , Jose Miguel , Juan Miguel , Francisco , Baltasar , Domingo , Franco , Leonardo , Jose Ignacio , Luis Pablo , Plácido , Carlos , Héctor , Santiago , Jesús Ángel y Antonio , siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal y ponente el Ilmo.Sr.Presidente don Antonio Salas Carceller, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Juzgado de Instrucción antes referido se dictó auto en cuya virtud acordó seguir el trámite establecido en el Capítulo II del Título III, Libro IV, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , dando traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal, que solicitó la apertura de juicio oral acompañando escrito de acusación, a lo que accedió el instructor con adopción de las medidas cautelares oportunas, dando traslado de todo ello a los designados como acusados a fin de que, en plazo legal, presentaran escrito de defensa; y, una vez efectuado, remitió las actuaciones a esta Audiencia Provincial, las que fueron turnadas a esta Sección, dictándose auto resolutorio sobre admisión y práctica de las pruebas propuestas por las partes, y se señaló día para el comienzo de las sesiones del juicio oral, acto que comenzó el pasado día 6 de septiembre con sucesivas sesiones que finalizaron el 16 de septiembre siguiente, con cumplimiento de las prescripciones legales.

Segundo

El Ministerio Fiscal, en trámite de conclusiones, calificó los hechos como constitutivos de:

Para Alfredo :

  1. ) Un delito continuado de falsedad en documento oficial previsto y penado en los artículos 302- 4º y 6º en relación con el 69 bis del Código Penal de 1973 que se estima Ley más favorable a la vigente ( artículos 390 y 74 ) , en concurso ideal del artículo 71 con:

  2. ) Una falta continuada del artículo 628 en relación con el 74.1 del Código Penal de 1995 .

    Para David :

  3. ) Un delito continuado de cohecho de los artículos 385 y 389 en relación con el 69 bis del Código de 1973 que se estima ley más favorable a la vigente (art. 419).

  4. ) Una falta continuada del artículo 628 en relación con el 74.1 del Código Penal de 1995 .

    PARA Alberto Y Aurelio :

  5. ) Un delito continuado de cohecho previsto y penado en los artículos 391, 385 y 69 bis del C.Penal de 1973 , que se estima ley más favorable a la vigente ( art. 423 y 74 del C.Penal de 1995 ).

  6. ) Un delito continuado de estafa previsto y penado en los artículos 528 y 529 -7º (como muy cualificada) y 69 bis del C.Penal de 1973, que se estima ley más favorable a la actual (artículos 309, 628 y 74 del C.Penal de 1995 ).

    Para los acusados Carina , Silvio , Lucio , Juan María , Dolores , Luis Carlos , Lorenzo , Blas , Miguel Ángel , Juan Luis , Carlos Ramón , Manuel Y Ismael , una falta continuada de fraude de subvenciones comunitarias prevista y penada en el artículo 628 en relación con el artículo 74 del C.,Penal de 1995 que se estima ley más favorable al derogado Código de 1973. (art. 528 , 529-7º en relación con el 69 bis )

    D' ) Para Juan Luis una falta consumada del art., 628 del Código Penal vigente.

    Para los acusados Rafael Y Aurora , un delito continuado de estafa de los artículos 528 y 529 -7º (como muy cualificada) y 69 bis del Código Penal de 1973 .que se estima ley más favorable a la actual ( artículos 309, 628, 74, 16 y 62 del Código Penal vigente ).

    1. Para el resto de los acusados Everardo , Ángel , María Antonieta , Serafin , Vicente , Ildefonso , Patricia , Iván , Concepción , Julián , Rita , Mauricio , Lázaro , Estela , Marcos , Mariano , Marí Luz , Ricardo

      , Romeo , Lina , Víctor , Jose Miguel , Juan Miguel , Francisco , Baltasar , Domingo , Franco , Leonardo , Jose Ignacio , Luis Pablo , Plácido , Carlos , Héctor , Santiago , Jesús Ángel , Antonio , , una falta del artículo 628 del Código Penal en grado de tentativa ( art. 16 y 62), que se estima ley más favorable a la derogada (art. 528 , 529 y 52 del Código Penal de 1973 ).

      Estimando responsables de dichas infracciones a los acusados que se han dicho, solicitó la imposición a los mismos de las siguientes penas y responsabilidad civil :

    2. A Alfredo

      Por el delito continuado de falsedad en documento oficial, siete años de prisión mayor, multa de 500.000 pesetas con arresto sustitutorio de 50 días en caso de impago, y accesorias legales.Por la falta continuada de fraude de subvenciones comunitarias del citado artículo 628, dos meses de multa con una cuota diaria de veinte mil pesetas.

      A David ,

      Por el delito de cohecho continuado, tres años de prisión menor, multa de 1.600.000 pesetas con arresto sustitutorio en caso de impago, e inhabilitación especial por tiempo de siete años.

      Por la falta continuada del artículo 628, dos meses de multa con una cuota diaria de veinte mil pesetas.

    3. A Alberto Y Aurelio , a cada uno de ellos:

      Por el delito de cohecho continuado, tres años de prisión menor, multa de 1.600.000 pesetas, con arresto sustitutorio en caso de impago y accesorias legales.

      Por el delito continuado de estafa, un año de prisión menor y accesorias legales.

    4. Para los acusados Carina , Silvio , Lucio , Juan María , Dolores , Luis Carlos , Lorenzo , Blas , Miguel Ángel , Juan Luis , Carlos Ramón , Manuel y Juan Luis , multa de 33 días con cuota diaria de 2000 ptas por día. Para Ismael , dos meses de multa con una cuota diaria de 3.000 pesetas.

      E ) Para Rafael Y Aurora 10 meses de prisión menor al primero y 6 meses y un día de prisión menor a la segunda , accesorias legales a los dos .

      H ) Para cada uno de los acusados restantes Everardo , Ángel , María Antonieta , Serafin , Vicente , Ildefonso , Patricia , Iván , Concepción , Julián , Rita , Mauricio , Lázaro , Estela , Marcos , Mariano , Marí Luz , Ricardo , Romeo , Lina , Víctor , Jose Miguel , Juan Miguel , Francisco , Baltasar , Domingo , Franco , Leonardo , Jose Ignacio , Luis Pablo , Plácido , Carlos , Héctor , Santiago , Jesús Ángel , Antonio , multa de 20 días, con una cuota diaria de 1000 ptas.

      Los acusados Carina , Silvio , Lucio , Juan María , Dolores , Luis Carlos , Lorenzo , Blas , Miguel Ángel , Juan Luis , Carlos Ramón , Rafael , Aurora , Manuel y Ismael indemnizarán al Estado español en el importe de las subvenciones ilícitamente percibidas por cada uno de ellos y que se reflejan en la conclusión primera del escrito de acusación, respondiendo solidariamente de cada una de estas cantidades Alberto , Aurelio , Alfredo y David , a excepción de las indemnizaciones exigidas a Rafael y Aurora , que recaen sobre cada uno de ellos exclusivamente.

      Mateo Coronel, por su parte, responderá solidariamente de las indemnizaciones exigidas a Carina , Silvio , Lucio , Juan María , Dolores , Luis Carlos , y Lorenzo , en todos los casos con los incrementos legales pertinentes.

      Igualmente solicitó que se dedujera testimonio de las actuaciones en cuanto a las subvenciones percibidas en 1.988 por Everardo , Ángel , María Antonieta , Serafin ., Fernando y Vicente , por no alcanzar las cuantías defraudadas a 4000 euros, remitiéndose aquél a la Comunidad Autónoma de Murcia, a fin de que en su caso se depuren en sede administrativa las responsabilidades de dicha índole generadas.

Tercero

Las defensas de los acusados Silvio , Manuel , Alberto , Aurelio , Alfredo y David mostraron su disconformidad con la calificación del Ministerio Fiscal y plantearon como cuestiones previas : 1) la concurrencia de prescripción como causa de extinción de la responsabilidad penal, en relación con las faltas por las que se formula acusación, y la vulneración del derecho fundamental al secreto de las comunicaciones por inexistencia en la...

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