SAP Almería 163/2012, 5 de Junio de 2012
Ponente | RAFAEL GARCIA LARAÑA |
ECLI | ES:APAL:2012:1356 |
Número de Recurso | 275/2011 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 163/2012 |
Fecha de Resolución | 5 de Junio de 2012 |
Emisor | Audiencia Provincial - Almería, Sección 1ª |
SENTENCIA nº 163/12
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA
SECCIÓN 1ª
ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE
D. Rafael García Laraña
MAGISTRADOS
D. Andrés Vélez Ramal
D. Laureano Martínez Clemente
En la ciudad de Almería, a cinco de junio de dos mil doce.
La Sección 1ª de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, Rollo nº 275/2011, los autos procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de El Ejido, seguidos con el nº 1168/2009 sobre resolución de contrato en juicio ordinario.
Es demandante "Matagallar, S.L.", representada por el Procurador D. Javier Salvador Martín García y defendida por el Letrado D. José Enrique Rubio Castillo.
Son demandados Dª Lucía ; Dª Rocío ; D. Epifanio y D. Gregorio, representados por la Procuradora Dª Inmaculada Serrano García y defendidos por la Letrada Dª María Isabel Martínez Gómez.
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En fecha 10 de marzo de 2011, el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de El Ejido dictó sentencia en los referidos autos cuyo fallo dispone:
"Estimo íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Dª Julia Ibáñez Martínez, en nombre y representación de "Matagallar, S.L.", contra Dª Lucía, Dª Rocío, D. Epifanio y D. Gregorio, representados por el Procurador D. José Román Bonilla Rubio, y declaro resuelto el contrato de fecha 1 de julio de 2004 por causas imputables a los demandados, condenando a éstos a devolver a la actora las cantidades entregadas a cuenta del precio, y que ascienden a 529.738 euros.
Asimismo, condeno a los demandados solidariamente a indemnizar a "Matagallar, S.L." en la cantidad de 528.738 euros.
Procede imponer las costas del procedimiento principal a la parte demandada.
Desestimo la demanda reconvencional interpuesta por el Procurador D. José Román Bonilla Rubio, en nombre y representación de Dª Lucía, Dª Rocío, D. Epifanio y D. Gregorio contra la mercantil "Matagallar, S.L.", absolviendo a ésta de todos los pedimentos efectuados en su contra. Las costas de la reconvención se imponen a la actora reconvencional".
En fecha 24 de marzo de 2011, fue dictado auto aclarando la sentencia en el sentido de que en el fallo, donde dice " declaro resuelto el contrato de fecha 1 de julio de 2004 por causas imputables a los demandados, condenando a éstos a devolver a la actora las cantidades entregadas a cuenta del precio, y que ascienden a 529.738 euros", debe decir " declaro resuelto el contrato de fecha 1 de julio de 2004 por causas imputables a los demandados, condenando a éstos a devolver a la actora en la forma efectivamente percibida por cada uno de ellos las cantidades entregadas a cuenta del precio, y que ascienden a 529.738 euros".
Contra la referida sentencia, la representación de la parte demandada interpuso recurso de apelación. Del escrito de recurso se dio el preceptivo traslado a la parte actora apelada, que se opuso a la apelación y, seguidamente, fueron elevadas las actuaciones a esta Sala, previo emplazamiento de las partes para comparecer ante la misma.
Recibido el procedimiento en este Tribunal se incoó el correspondiente Rollo, en el que oportunamente se personaron ambas partes y, seguidamente, se señaló para su deliberación y votación el día 4 de los corrientes.
Es ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Rafael García Laraña.
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La demanda origen de la presente alzada se basa en que, en fecha 1 de julio de 2004, la actora "Matagallar, S.L." adquirió a los demandados Dª Lucía ; Dª Rocío ; D. Epifanio y D. Gregorio varias fincas con precio que se estipula por metro cuadrado según quede la cabida en el Registro de la Propiedad tras una nueva medición que ha de realizarse,...
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ATS, 10 de Septiembre de 2013
...de casación contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Almería (Sección 1ª), de fecha 5 de junio de 2012, en el rollo n.º 275/2011 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 1168/09, del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de El - Mediante diligencia de ordenación de 16......