SAP Madrid 272/2008, 13 de Noviembre de 2008
Ponente | ALBERTO ARRIBAS HERNANDEZ |
ECLI | ES:APM:2008:15930 |
Número de Recurso | 5/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 272/2008 |
Fecha de Resolución | 13 de Noviembre de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 28ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 28
MADRID
SENTENCIA: 00272/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN 28
C/ General Martínez Campos nº 27.
Teléfono: 91 4931988/89
Fax: 91 4931996
ROLLO DE APELACIÓN Nº 5/08.
Procedimiento de origen: Juicio Ordinario nº 119/04
Órgano de Procedencia: Juzgado de Primera Instancia nº 26 de Madrid.
Parte recurrente: "MEDIADORES ASOCIADOS ASTURIANOS, S.L."
Procurador: Don Gabriel de Diego Quevedo.
Parte recurrida: "GESTIÓN Y DESARROLLO CORPORTIVO, S.A."
Procurador: Doña Carmen Vinader Moraleda.
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
D. RAFAEL SARAZÁ JIMENA
D. ALBERTO ARRIBAS HERNÁNDEZ
D. PEDRO MARÍA GÓMEZ GARCÍA
SENTENCIA Nº 272
En Madrid, a trece de noviembre de dos mil ocho.
La Sección Vigésima Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en materia mercantil, integrada por los Ilustrísimos Señores Magistrados antes relacionados, ha visto el recurso de apelación, bajo el núm. de rollo 5/2008, interpuesto contra la sentencia de fecha 3 de mayo de 2006 dictada en el juicio ordinario núm. 119/2004 seguido ante el Juzgado de Primera Instancia nº 26 de Madrid.
Han sido partes en el recurso, como apelantes la mercantil "MEDIADORES ASOCIADOS ASTURIANOS, S.L.", representada por el Procurador don Gabriel de Diego Quevedo y defendida por el letrado don José Luis Orejas Pérez, siendo apelada la entidad "GESTIÓN Y DESARROLLO CORPORTIVO, S.A.", representada por la Procuradora doña Carmen Vinader Moraleda y defendida por los letrados don Gonzalo Martínez de Haro López y doña Teresa Rodríguez Morales
Es magistrado ponente don ALBERTO ARRIBAS HERNÁNDEZ, que expresa el parecer de la Sala.
Las actuaciones procesales se iniciaron mediante demanda presentada por la representación de la mercantil "MEDIADORES ASOCIADOS ASTURIANOS, S.L." contra la entidad "GESTIÓN Y DESARROLLO CORPORTIVO, S.A." en la que, tras exponer los hechos que estimaba de interés y alegar los fundamentos jurídicos que consideraba que apoyaban su pretensión, suplicaba la nulidad de la Junta General de Accionistas de la entidad demandada celebrada el día 22 de diciembre de 2003, por haber sido celebrada en lugar distinto del fijado en el anuncio de convocatoria de la misma, conculcando así los requisitos considerados como mínimos por la doctrina y la jurisprudencia para garantizar los derechos básicos de los accionistas y, en consecuencia, se declare asimismo la nulidad de todos los acuerdos adoptados en la misma, con imposición de costas a la demandada.
Tras seguirse el juicio por los trámites correspondientes el Juzgado de Primera Instancia nº 26 de Madrid dictó sentencia, con fecha 3 de mayo de 2006, por la que se desestimó la demanda con imposición de las costas originadas a la parte demandante.
Publicada y notificada dicha resolución a las partes litigantes, por la representación de la parte actora se interpuso recurso de apelación al que se opuso la parte demandada. Admitido el recurso por el mencionado juzgado y tramitado en forma legal, ha dado lugar a la formación del presente rollo ante esta sección de la Audiencia Provincial de Madrid, a la que turnaron las actuaciones con fecha 28 de enero de 2008, que se ha seguido con arreglo a los de su clase, señalándose para su deliberación y votación el día 13 de noviembre de 2008.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
La entidad "MEDIADORES ASOCIADOS ASTURIANOS, S.L.", en su calidad de accionista de la mercantil "GESTIÓN Y DESARROLLO CORPORTIVO, S.A.", formuló demanda contra la citada sociedad en la que se interesaba la nulidad de la junta general de accionistas celebrada el día 22 de diciembre de 2003, en rigor, de los acuerdos adoptados en la misma, al haberse celebrado en lugar distinto del fijado en el anuncio de convocatoria.
La sentencia de instancia desestima la demanda, en esencia,...
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