SAP Madrid, 20 de Junio de 2002
Ponente | LORENZO PEREZ SAN FRANCISCO |
ECLI | ES:APM:2002:8094 |
Número de Recurso | 326/2001 |
Fecha de Resolución | 20 de Junio de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección ª |
SENTENCIA
En Madrid, a veinte de Junio de dos mil dos.
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Alcalá de Henares, seguidos entre partes, de una, como apelante demandante DON Gabino representado por la Procuradora Sra. Carretero Herranz y de otra, como apelado demandado B.B.V.A., S.A. representado por el Procurador Sr. Jabardo Margareto, seguidos por el trámite de menor cuantía.
VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Lorenzo Pérez San Francisco .
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Alcalá de Henares, en fecha 23 de enero de 2001, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por la procuradora doña Belén Arce en nombre y representación de don Gabino , debo absolver y absuelvo a Banco Bilbao Vizcaya Argentaria representado por el procurador Sr. Cabellos de la pretensión ejercitada en su contra imponiendo a la actora el pago de las costas causadas".
Por la parte demandante se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.
Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 18 de junio de 2002.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
La parte apelante en el escrito fundamentador de su recurso de apelación, impugna en primer lugar la sentencia de instancia por un defecto formal, en la práctica de la prueba, ya que el Juez de instancia que inicialmente había rechazado la aportación a autos de documento incorporado por la parte demandada fuera del escrito de contestación a la demanda posteriormente admitió como medio probatorio que se librara un oficio a la propia parte demandada y a la sucursal en la que se había producido la notificación y emplazamiento de la misma para que participara al Juzgado los abonos...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
AAP Badajoz 185/2021, 24 de Mayo de 2021
...de la doctrina no discute esta última posibilidad y en igual sentido se pronuncia la jurisprudencia menor, como la Sentencia de la AP de Madrid, de 20 de junio de 2002 (Recurso 32672001) que señala que "el contrato o cesión de remate puede ser perfectamente pactado que no tenga la naturalez......