SAP Madrid, 23 de Septiembre de 2002

PonenteMODESTO DE BUSTOS GOMEZ-RICO
ECLIES:APM:2002:10869
Número de Recurso71/2001
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 1ª

SENTENCIA

En Madrid, a veintitrés de Septiembre de dos mil dos.

La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación cantidad, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 58 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelante PROMAUSIN, representada por el Procurador Sr. Deleito García y asistida del Letrado Sr. González Chamarro, y de otra, como demandada-apelada DOÑA María Consuelo , representada por el Procurador Sr. Arredondo Sanz y asistida del Letrado Sr. Montesinos Villegas, seguidos por el trámite de Menor Cuantía.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Modesto de Bustos Gómez-Rico

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 58, de Madrid, en fecha 16 de noviembre de 2000, se dictó Sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando integramente el escrito inicial de demanda presentado por el Procurador de los Tribunales D. JORGE DELEITO GARCIA en nombre y representación de PROMAUSIN. S.L. contra DOÑA María Consuelo debo absolver y absuelvo a dicha demandada de cuantas peticiones se hubiesen formulado en su contra, con imposición de costas a al parte demandante.".

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos, y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que comparecieron expresadas partes apelante y apelada, substanciándose el recurso por sus trámites legales, no habiéndose acordado el recibimiento del pleito a prueba en esta alzada.

TERCERO

La VISTA PUBLICA celebrada el día 19 de septiembre de 2002, tuvo lugar con la asistencia de los Letrados de las partes expresadas que informaron cuanto creyeron conveniente en apoyo de sus respectivas pretensiones.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se acepta integramente y se da por reproducida la fundamentación jurídica de la sentencia apelada.

SEGUNDO

En este procedimiento la mercantil Promausin, S.L., que entre otras actividades sededica a realizar labores de mediación en operaciones de compra venta de bienes inmuebles - folios 14 a 23-, ejercita, al amparo de los artículos 1091, 1254, 1258, 1262 y 1278, entre otros, del Código Civil, acción tendente a obtener de Doña María Consuelo la contraprestación a sus servicios de mediación en la venta del chalet propiedad de esta ultima, sito en el nº NUM000 de la C/ DIRECCION000 de Madrid, a Doña Aurora , por el precio de 68.000.000 pesetas, en escritura pública...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Toledo 266/2006, 1 de Septiembre de 2006
    • España
    • 1 Septiembre 2006
    ...Y entre los demás, ha de entenderse que están los propios comitentes, porque de otra forma no habría exclusividad. La S. A.P. de Madrid de 23 de septiembre de 2002 , interpreta la exclusividad como modalidad del contrato de agencia o corretaje que "impide la búsqueda de un comprador al vend......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR