SAP Asturias 364/2004, 14 de Octubre de 2004
Jurisdicción | España |
Emisor | Audiencia Provincial de Asturias, seccion 1 (civil) |
Fecha | 14 Octubre 2004 |
Número de resolución | 364/2004 |
SENTENCIA NÚMERO 364/04
ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000208 /2004
Iltmos. Sres.
PRESIDENTE
D. José Antonio Seijas Quintana
MAGISTRADOS
D. Guillermo Sacristán Represa
D. Rafael Martín del Peso
En Oviedo a, 14 de Octubre de 2004
VISTOS en grado de apelación por esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de OVIEDO, los presentes autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000414/2003, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N º 4 de OVIEDO , Rollo 0000208/2004, entre partes, como Apelante/s CANTERAS MECANICAS CARCABA, S.A. representado por el procurador de los tribunales D O ÑA MARIA VICTORIA ARGUELLES LANDETA, y bajo la dirección letrada de D. JOSE MARIA NEILA NEILA, y como Apelado/s D OÑA Lucía representado por la procurador a de los Tribunales D oña LAURA FERNANDEZ-MIJARES SANCHEZ, y bajo la dirección letrada de D. J. CARLOS FERNANDEZ-VIGIL FERNANDEZ.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.
El Juzgado de Primera Instancia nº 4 de OVIEDO dictó Sentencia en los autos referidos con fecha Diez de Febrero de 2004 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "
Q ue desestimando la demanda formulada por la representación procesal de la parte actora "C anteras Mecánicas Cárcaba, S. A .". contra la demandada Doña Lucía , debo declarar y declaro no haber lugar a realizar ninguno de los pr onunciamientos solicitados, absolviendo a la demandada del pedimento contra ella dir igido , todo ello con imposición a la parte actora de las costas causadas. ".
Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la parte DEMANDANTE , que fue admitido en ambos efectos, previos los traslados ordenados, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.
Dictándose Providencia con señalamiento para el d í a, 13 de Octubre de 2004, quedando los autos tras la votación y fallo para sentencia.
En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don José Antonio Seijas Quintana.
- -Los dos primeros motivos del recurso de apelación tienden a combatir lo que constituye el fundamento desestimatorio de la demanda. Se trata de la falta de legitimación de la actora para instar la resolución del contrato de arrendamiento respecto de las tres fincas rústicas que adquirió de su propietario teniendo en cuenta que configuran una unidad, una casería, en la que aparecen integradas mas fincas de las que son objeto de la acción resolutoria
En realidad mas que falta de legitimación, en la forma planteada y resuelta en la sentencia apelada, lo que hay es una falta de acción desde la idea de que lo que se cuestiona no es realmente la condición de arrendador de la demandante sino la posibilidad de accionar para resolver parcialmente el contrato de arrendamiento, lo que significa que para apreciarla deberá entrarse a conocer y decidir sobre el aspecto del fondo a que la acción se contrae, dado que sin declarar la validez o invalidez y conjuntamente la eficacia o ineficacia del derecho con base al cual se acciona no puede ciertamente decidirse que ésta falta.
Dice una reiterada doctrina jurisprudencial ( SS 3 de Junio 1.988, de 7 abril 1993; y 20 diciembre 1993 y 31 julio 1996 ), que en un vínculo arrendaticio que comprende varias fincas, lo a tener en cuenta no es la contemplación de alguna de las varias que configuren una...
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