SAP Asturias 270/1997, 3 de Noviembre de 1997

PonenteMARIA LUISA BARRIO BERNARDO-RUA
Número de Recurso216/1997
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución270/1997
Fecha de Resolución 3 de Noviembre de 1997
EmisorAudiencia Provincial - Asturias

SENTENCIA N° 270

En la ciudad de Oviedo, a tres de noviembre de mil novecientos noventa y siete.

Vistos por la Ilma. Sra. Doña María Luisa Barrio Bernardo Rua, Magistrada de la Sección 2ª de esta Audiencia Provincial, como órgano unipersonal, en grado de apelación, los autos de juicio de faltas n° 4/97 (Rollo n° 216/97), procedentes de JUZGADO DE INSTRUCCION DE VILLAVICIOSA, y seguidos entre partes como APELANTE Javier y como APELADOS LA EQUITATIVA S.A. y Pedro Jesús , habiendo sido parte el Ministerio Fiscal, procede dictar sentencia fundada en los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada, que se dan por reproducidos y, entre ellos, la DECLARACIÓN DE HECHOS PROBADOS, que se asume íntegramente, si bien añadiendo que Javier era soltero, estudiante y convivía con sus padres, quienes a raíz del suceso precisaron tratamiento psiquiátrico, lo mismo que su hermana, encontrándose el padre de baja laboral por tal motivo.

SEGUNDO

La expresada sentencia, dictada el tres de abril de mil novecientos noventa y siete, contiene en su Fallo los siguientes pronunciamientos dispositivos: "Que debo condenar y condeno a Pedro Jesús , como autor responsable de una falta de imprudencia en la conducción de vehículo de motor, con resultado de muerte, a la pena de treinta días multa, a razón de 1.000 pts por día, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, privación del permiso de conducción por tres meses y abono de las costas procesales si a ellas hubiere lugar, e indemnice de forma conjunta y solidaria con la entidad "La Equitativa", a Javier en la cantidad ya consignada y entregada a éste de doce millones seiscientas veinte mil trescientas pesetas (12.620.300 pts.) por la muerte de su hijo; más cuarenta y cinco mil novecientas dieciséis pesetas (45.916 pts.) por gastos de sepelio y, la cantidad que se acredite en ejecución de sentencia por gastos de reparación de la motocicleta."

TERCERO

Contra dicha resolución se interpuso apelación por dicho recurrente fundado en los motivos que en el correspondiente escrito se insertan, y dados los traslados oportunos, emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia Provincial, se turnaron a esta su Sección 2ª , en la que se ordenó traerlos a la vista para resolver en el día de la fecha, conforme al régimen de señalamientos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación de Javier se interpuso recurso de apelación contra la sentencia dictada en autos de Juicio de Faltas n° 4/97, realizando una serie de alegaciones tendentes, de un lado al incremento de la sanción penal impuesta, por entender de máxima gravedad la imprudencia cometida por el condenado; por otro,...

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