SAP Navarra 180/1999, 19 de Julio de 1999

PonenteFERMIN JAVIER ZUBIRI OTEIZA
Número de Recurso424/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución180/1999
Fecha de Resolución19 de Julio de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Navarra

SENTENCIA Nº. 180

Ilmos. Sres. Presidente:

D. FERMIN ZUBIRI OTEIZA

magistrados:

D. FRANCISCO J. GOYENA SALGADO

Dª Mª ANGELES EGUSQUIZA BALMASEDA

--------------------------------I.- ENCABEZAMIENTO:

En Pamplona, a diecinueve de Julio de mil novecientos noventa y nueve.

Visto ante la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra, integrada por los Sres. Magistrados expresados al margen, en grado de apelación, el presente rollo 424/98 correspondiente a los autos de Juicio de Cognición Nº 409/97, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Pamplona , y seguidos entre partes: Como apelante el demandante D. Bruno , representado por la Procuradora Dª Itxaso Moreno Tobaruela y defendido por el Letrado D.Joaquín Gallego Aldaz, y como apelados los demandados MUNAT SEGUROS, representado por la Procuradora Dª Mª del Carmen Moreno Escujuri y defendido por la Letrada Dª Mercedes Fraile Hernández, y D. Adolfo , en situación de rebeldía.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D.FERMIN ZUBIRI OTEIZA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Pamplona se dictó sentencia de fecha 31 de julio de 1.998 , cuyo Fallo copiado literalmente dice: "Estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora SRA.MORENO TOBARUELA, en nombre y representación de D. Bruno , contra D. Adolfo y contra SEGUROS MUNAT, condenando a D. Adolfo a pagar al actor la cantidad de 93.410 ptas. cantidad a la que le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 921 de la Ley de Enjuiciamiento Civil , y no estimando la demanda en relación a lo pedido contra la demandada Seguros Munat.sin expreso pronunciamiento en costas.".

SEGUNDO

Publicada y notificada la sentencia en legal forma, por la Procuradora Dª Itxaso Moreno Tobaruela, en nombre y representación de Bruno , se interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia, con el siguiente suplico: " ... "se dicte en su día sentencia por la que, revocándose la recurrida, se condene a ambos demandados solidariamente a abonar a mi representado la cantidad de noventa y tres mil cuatrocientas diez pesetas, imponiendo a la aseguradora Munat los intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro devengados desde la producción del siniestro y que se devenguen hasta el total yefectivo pago, con expresa imposición de costas a las partes demandadas".

TERCERO

Interpuesto en tiempo y forma, se admitió a trámite en ambos efectos y, de conformidad con el artículo 734 de la L.E.C ., se dio traslado del recurso a la parte contraria, que evacuó el trámite solicitando en el suplico de las alegaciones que se "desestime -íntegramente el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de D. Bruno , con expresa imposición de costas a la parte demandante".

CUARTO

Cumplimentado el anterior trámite, se elevaron los autos a la Audiencia, correspondiendo por turno de reparto a esta Sección Segunda, formándose el oportuno rollo con el número 424/98 y, tras los trámites legales, vigentes, se señaló para deliberación y fallo el día 15 de julio de 1.999.

En la tramitación de la alzada se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte demandante ejercitó acción basada en culpa extracontractual, al amparo de la Ley 488 del Fuero Nuevo de Navarra y artículo 1.902 del Código Civil , de un lado,...

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