SAP Navarra 236/2004, 4 de Noviembre de 2004

PonenteJOSE FRANCISCO COBO SAENZ
ECLIES:APNA:2004:1116
Número de Recurso36/2004
Número de Resolución236/2004
Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Navarra, Sección 2ª

SENTENCIA Nº: 236/2004

Presidente

D. JOSE FRANCISCO COBO SAENZ

Magistrados

D. FRANCISCO JOSE GOYENA SALGADO

D. EDUARDO VALPUESTA GASTAMINZA

En Pamplona/Iruña, a 4 de noviembre de 2004.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación el Rollo Civil de Sala nº 36/2004, derivado de los autos de proceso especial en materia de capacidad de las personas nº 13/2003, del Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Pamplona/Iruña ; siendo parte apelante, Dª. Amparo , representada por la Procuradora Dª. Mª JESÚS ARRICIVITA OSÉS y asistida por el Letrado D. FELIPE GURRUCHAGA ARRATIBEL; parte apelada, el MINISTERIO FISCAL.

Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE FRANCISCO COBO SAENZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Con fecha 22 de octubre de 2003, el referido Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Pamplona/Iruña dictó Sentencia en los autos de Incapacidad nº 13/2003 , cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

Que debo declarar y declaro a Dª. Frida incapaz para todos los actos de la vida por padecer tan importantes deficiencias que le impiden gobernarse por sí misma y regir adecuadamente su persona y sus bienes, debiendo nombrar tutor de la misma a la FUNDACION NAVARRA PARA LA TUTELA DE PERSONAS ADULTAS. Inscríbase la presente resolución de incapacidad y tutela en el Registro Civil del lugar de nacimiento. No procede hacer expresa condena en costas.

TERCERO

Contra la indicada sentencia se preparó, en tiempo y forma, recurso de apelación por Dª. Amparo , interponiéndose el recurso mediante escrito presentado con fecha 23 de diciembre de 2003, en el cual solicitaba de este Tribunal que dictara sentencia por la que se revocara la sentencia dictada en la instancia y se declare a Dª. Amparo como tutora de su madre, declarada incapaz, Dª. Frida .

El Ministerio Fiscal, en informe fechado el 9 de enero de 2004, se opuso al recurso de apelación articulado de adverso.

CUARTO

Enviados los autos a este Tribunal, después de diversas decisiones interlocutorias deorden interno sobre composición de este Tribunal, para deliberación y resolución del recurso, en Providencia de fecha 5 de abril de 2004, se acordó señalar para deliberación y resolución del recurso el día 29 de abril.

En Auto de fecha 5 de mayo de 2004 se acordó:

"Con la específica conservación de actos procesales que disponemos en el razonamiento jurídico primero de esta resolución, ACORDAMOS declarar la nulidad de lo actuado en la instancia a partir de las actuaciones realizadas para "notificar" la sentencia de fecha 22 de octubre de 2003 a Dª. Carla , en calidad de defensora judicial y afectada directamente en sus intereses relativos a su postulación como tutora de su madre Dª. Frida , debiéndose proceder por el Juzgado a realizar la notificación personal a la expresada Doña. Carla de la indicada sentencia, con arreglo a lo establecido en el art. 161 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .

Sin imposición de costas.

Así por este auto, lo acuerdan mandan y firman los Ilmos. Sres. arriba referenciados. Doy fe."

Recibidos los autos en el Juzgado de Primera Instancia nº 4, en Providencia de fecha 11 de junio de 2004 se acordó notificar la sentencia de fecha 22 de octubre de 2003 a Dª. Carla , con expresión detallada de los recursos procedentes.

Tal notificación se practicó con fecha 16 de junio de 2004. Acordándose en Providencia de fecha 28 de junio de 2004 que, conforme a lo acordado en el Auto de este Tribunal de 5 de mayo de 2004 , habían de ser remitidas las actuaciones a este Tribunal, pues no interpuso recurso de apelación dentro del plazo de cinco días fijado a partir de la notificación de 16 de junio de 2004.

QUINTO

Enviados nuevamente los autos a este Tribunal, la Procuradora Sra. Uxua Arvizu Rezusta, mediante escrito presentado con fecha 7 de octubre de 2004, personada ante esta Sección en nombre y representación de Dª. Carla , a efectos de que se notificara la sentencia que se dicte en la Audiencia.

En Providencia de fecha 11 de octubre de 2004 se acordó señalar para deliberación y resolución del recurso el día 27 de octubre de 2004.

SEXTO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos de derecho primero, segundo y cuarto de la sentencia recurrida, no así el tercero.

PRIMERO

La exclusiva cuestión que se debate en la presente alzada es la relativa a la identidad de la persona o institución a quién se le ha de confiar el cargo de tutora de Dª. Frida , quién en la actualidad está a punto de cumplir los 92 años de edad y que ha sido judicialmente incapacitada por padecer una demencia degenerativa de tipo mixto (Alzheimer y vascular) de grado moderado severo que le limita, de manera importante, para la realización de las actividades de la vida diaria,...

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