SAP Valladolid 309/2002, 23 de Septiembre de 2002

PonenteJOSE RAMON ALONSO-MAÑERO PARDAL
ECLIES:APVA:2002:1222
Número de Recurso319/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución309/2002
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 309

ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente: D. JESUS MANUEL SAEZ COMBA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSE RAMON ALONSO MAÑERO PARDAL

DA. MARIA TERESA GONZALEZ CUARTERO

En VALLADOLID, a veintitrés de Septiembre de dos mil dos.

VISTOS por esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid, en grado de apelación, los autos de juicio cambiario nº 2/2002 del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Valladolid, seguido entre partes, de una como demandante-apelante la sociedad ELECTRICIDAD ELECTRONICA ASA S.L., con domicilio en Valladolid, que ha estado representada por la procuradora Dª Maria Pilar Areces Ilarri, bajo la dirección del abogado D. Pedro González Martín, y como demandada-apelada la mercantil JINKA DISEÑO S.L., con domicilio en Montemayor de Pililla, representada por el procurador D. Fernando Toribios Fuentes, y defendida por el abogado D. José Antonio Bobillo de Lamo, sobre reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 28 de mayo de 2002, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: ESTIMO parcialmente la demanda de oposición cambiaria interpuesta por JINKA DISEÑO S.L. contra Electricidad Electrónica ASA, S.L., y en consecuencia:

  1. - Condeno al deudor JINKA DISEÑO S.L. a pagar al acreedor Electricidad Electrónica ASA, S.L. lacantidad de 24.856,89 Euros importe de la letra de cambio, ya abonado el día 28/1/2002, más los intereses cambiarios de la citada suma desde el día 20/12/2001 hasta el 28/1/2002, al tipo del interés legal del dinero incrementado en dos puntos.

  2. - Se alzan los embargos trabados en el presente procedimiento, dejando subsistente la consignación efectuada por el deudor para responder de los intereses cambiarios objeto de condena, sin perjuicio de que el acreedor pueda solicitar el mantenimiento de los embargos previa prestación de caución y una vez oído el deudor.

  3. - No se hace especial declaración en costas.

TERCERO

Notificada a las partes la referida sentencia, por la representación de la sociedad actora se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Remitidos los autos de juicio a este tribunal se señaló para la deliberación, votación y fallo el pasado día diecinueve de septiembre, en que ha tenido lugar lo acordado.

Vistos, siendo ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE RAMON ALONSO MAÑERO PARDAL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La entidad mercantil "Electricidad Electrónica ASA, S.L." interpone recurso de apelación contra sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº Dos de Valladolid, en autos de juicio cambiario seguidos a instancia de la indicada entidad contra la también mercantil "JINKA Diseño, S.L.", interesando en su escrito de interposición del recurso de apelación la parcial revocación de la resolución dictada en la instancia, al objeto de obtener un pronunciamiento por el que se señale que la obligación de pago declarada de la entidad demandada alcanza también a los gastos de devolución por impago de la cambial...

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