SAP Valladolid 174/2002, 6 de Mayo de 2002

PonenteJESUS MANUEL SAEZ COMBA
ECLIES:APVA:2002:623
Número de Recurso128/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución174/2002
Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 174

ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente: D.JESUS MANUEL SAEZ COMBA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D.JOSE ANTONIO SAN MILLÁN MARTIN

DA.MARIA TERESA GONZALEZ CUARTERO

En VALLADOLID , a seis de Mayo de dos mil dos .

VISTOS por esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid, en grado de apelación, los autos de incidente nº 54/01 del Juzgado de 1ª Instancia núm. Diez de Valladolid, seguido entre partes, de una como demandante apelada Dª Soledad mayor de edad y vecina de Valladolid que ha estado representada por la Procuradora Dª Yolanda Rodríguez y defendida por la Letrada Dª Mª José García Elías, y como demandado apelante D. Víctor mayor de edad y vecino de Valladolid que ha estado representado por el Procurador D. Fernando Velasco Nieto y defendido por el Letrado D. Luis Carlos García Buey, sobre separación conyugal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 27 de Diciembre de 2.001, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "Que estimando parcialmente la demanda presentada por la Procuradora Sra. Rodríguez Lozano en nombre y representación de Dª Soledad , contra D. Víctor , debo decretar la separación del matrimonio formado por ambos, celebrado en Valladolid el 21 de diciembre de 1.972, la disolución del régimen económico matrimonial, la revocación de los poderes otorgados, la imposibilidad de vincular bienes del otro en el ejercicio de la potestad doméstica, y la adopción de las siguientes medidas: 1.- Se atribuye a Dª Soledad el uso y disfrute del domicilio conyugal, del que el esposo podrá extraer los bienes y enseres de carácter personal, previo inventario y con el límite temporal del momento en que el Sr. Víctor , por jubilación y otra causa justificada, perdiera el uso y disfrute de la vivienda que ocupa en la actualidad. 2.-El Sr. Víctor deberáabonar a su esposa por mensualidades anticipadas, y dentro de los primeros días de cada mes la cantidad de veinticinco mil pesetas (25.000 ptas) o su equivalente en euros en concepto de pensión compensatoria, cantidad que se actualizará anualmente en función de la evolución que experimente el índice de precios al consumo que publique el INE. Y todo ello sin efectuar pronunciamiento sobre las costas causadas".

TERCERO

Notificada a las partes la referida sentencia, por el Procurador Sr. Velasco Nieto en representación del demandado se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Remitidos los autos de juicio a este tribunal se señaló para la deliberación, votación y fallo el pasado día 3 de los corrientes, en que ha tenido lugar lo acordado.

Vistos, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JESUS MANUEL SAEZ COMBA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. - El objeto de este procedimiento es una separación matrimonial, que constituye el punto central del mismo, a la que ha accedido la sentencia de instancia y respecto de la cual no existe discrepancia de ninguna clase, a la que se ha unido la petición de medidas periféricas (uso y atribución de vivienda conyugal, pensión alimenticia para hijo mayor de edad y pensión compensatoria).

    La resolución que se impugna por la parte demandada otorga el disfrute de la vivienda a la demandante, con una determinación...

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