SAP Valladolid 23/2003, 20 de Enero de 2003

PonenteJOSE RAMON ALONSO-MAÑERO PARDAL
ECLIES:APVA:2003:85
Número de Recurso551/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución23/2003
Fecha de Resolución20 de Enero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 23

ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente: D. JESUS MANUEL SAEZ COMBA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSE RAMON ALONSO MAÑERO PARDAL

D. JOSE ANTONIO SAN MILLÁN MARTIN

En VALLADOLID, a veinte de Enero de dos mil tres.

VISTOS por esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid, en grado de apelación, los autos de juicio verbal nº 768/2002 del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Valladolid, seguido entre partes, de una como demandante-apelante D. Darío , mayor de edad y con domicilio en Valladolid, que ha estado representado por la procuradora Dª María Sara Rodríguez Valbueno, bajo la dirección del abogado D. Fernando Lamas Gavela, y como demandado-apelado D. Pedro Antonio , mayor de edad y con domicilio en Valladolid, representado por la procuradora Dª Elena Díaz Pino, y defendido por el abogado D. Miguel Ángel Carretero Conde; sobre reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 8 de octubre de 2002, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: Que desestimando íntegramente la demanda presentada por la Procuradora Sra. Rodríguez Valbueno, en nombre y representación de D. Darío debo absolver y absuelvo al demandado D. Pedro Antonio de las pretensiones contra él solicitadas, condenando al actor al abono de las costas procesales.TERCERO.- Notificada a las partes la referida sentencia, por la representación del demandante se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Recibidos los autos en este Tribunal, se señaló para deliberación, votación y fallo el día dieciséis de enero, en que ha tenido lugar lo acordado.

Vistos, siendo ponente el Ilmo. D. JOSE RAMON ALONSO MAÑERO PARDAL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

D. Darío interpone recurso de apelación contra sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº Uno de esta capital, recaída en autos de juicio verbal, desestimatoria de la demanda por él deducida contra D. Pedro Antonio en reclamación del importe, que se dice insatisfecho, de los muebles adquiridos en su día por el demandado en el establecimiento del que el actor-apelante es titular en esta Ciudad y que le fueron oportunamente entregados al demandado en su domicilio sin que éste haya abonado, aún a pesar de que se acordó el pago al contado, más que una cantidad a cuenta, por importe de quinientos euros, en el momento de entrega y montaje de los muebles. Interesa el actor la revocación de la sentencia dictada en la instancia, y con ello, la condena del demandado al abono de las cantidades reclamadas, considerando equivocada la conclusión alcanzada por el Juez de Instancia respecto al incumplimiento contractual que se atribuye al demandante.

SEGUNDO

Considera esta Sala que, en primer lugar, debe indicarse, dando con ello la razón al apelante, que en la relación contractual habida entre actor y demandado se produjeron en realidad dos distintas compraventas, bien que realizadas en unidad de acto, por las que el demandado adquiría del actor, por un lado un mueble modular apilable de salón, y por otro una mesa de centro elevable, coincidiendo las dos adquisiciones tan solo en el tono cerezo de ambos muebles. A tal conclusión se llega, no...

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