SAP Valladolid 142/2004, 22 de Abril de 2004

PonenteJOSE ANTONIO SAN MILLAN MARTIN
ECLIES:APVA:2004:529
Número de Recurso105/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución142/2004
Fecha de Resolución22 de Abril de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 142

ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente: D. JESÚS MANUEL SÁEZ COMBA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSÉ RAMON ALONSO MAÑERO PARDAL

D. JOSÉ ANTONIO SAN MILLÁN MARTÍN

En VALLADOLID, a veintidós de Abril de dos mil cuatro.

VISTOS por esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid, en grado de apelación, los autos de jurisdicción voluntaria nº180/02 del Juzgado de 1ª Instancia nº1 Medina del Campo (Valladolid), seguido entre partes, de una como demandante-apelante EL ARZOBISPADO DE VALLADOLID, representado por la Procuradora Dª Laura Herrera Sánchez y defendido por la Letrado Dª Carmen Alonso Martínez, y como demandado-apelado EL MINISTERIO FISCAL; sobre liberación de gravámenes.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 27 DE OCTUBRE DE 2003, se dictó Sentencia cuyo fallo dice así: "Desestimo la solicitud formulada por la Procuradora Sra. Dña. Pastora Gallego Carballo en representación del Arzobispado de Valladolid, al no ser el presente expediente el adecuado".TERCERO.- Notificada a las partes la referida Sentencia, por la representación de la parte demandante se preparó Recurso de Apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria no se se presentó escrito de oposición al recurso. Recibidos los autos en este Tribunal y personadas la parte apelante, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 21 de abril de 2004, en que ha tenido lugar lo acordado.

Vistos, siendo ponente el ILMO. SR. MAGISTRADO D. JOSÉ ANTONIO SAN MILLÁN MARTÍN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Promovido expediente de liberación de cargas y gravámenes, respecto de las fincas, propiedad de la promotora Arzobispado de Valladolid, adquiridas por herencia de Dª Elsa , que se describen en autos y que fueron a la titularidad de la promotora al fallecimiento de la misma, fecha de 1-3-85, habiéndose otorgado el testamento, en fecha de 15-6- 73, la Sentencia recurrida, rechaza la solicitud por estimar que el expediente seguido al efecto, para la pretendida nulidad de la prohibición de disponer, que pesa sobre determinadas fincas de la promotora, carga o gravamen cuya liberación se pretende en los presentes autos, resulta inadecuado.

SEGUNDO

En efecto, el art. 209 de la Ley Hipotecaria, no puede resultar de mayor claridad en su tenor literal, cuando determina que, por el presente procedimiento de liberación de gravámenes, se aplicará para la cancelación de hipotecas, cargas, gravámenes, y derechos reales constituidos sobre cosa ajena que hayan "prescrito", con arreglo a la legislación civil,...

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