SAP Valladolid 123/2000, 4 de Abril de 2000
Jurisdicción | España |
Emisor | Audiencia Provincial de Valladolid, seccion 3 (civil) |
Fecha | 04 Abril 2000 |
Número de resolución | 123/2000 |
SENTENCIA NÚM.: 123
Ilmos. Sres.: Presidente Don José Jaime SANZ CID; Magistrados Don Francisco SALINERO ROMÁN y Don Miguel Ángel SENDINO ARENAS.
En Valladolid, a cuatro de abril de dos mil.
La Sección Tercera de la Ilma. Audiencia de Valladolid, ha visto en grado de apelación, los autos de Juicio Especial Sumario del artículo 21 de la Ley de Propiedad Horizontal número 613/99- A, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 8 de Valladolid, sobre reclamación de cantidad por impago de gastos de carácter extraordinario, afectando el recurso, únicamente el pronunciamiento sobre costas procesales. Fue apelante COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE CALLE000 , NÚMERO NUM000 DE VALLADOLID, que fijó para oír notificaciones el domicilio de la Procuradora do_a Ana Isabel Escudero Esteban y defendido por el letrado Don José María Blanco Martín. Fue apelado Don Carlos Manuel , que fijó para oír notificaciones el domicilio del Procurador Don Antonio Redondo Araoz y fue defendido por el letrado Don Francisco Aguilar Ca_edo.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 2 de febrero, se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice así: Fallo: "Que estimando la excepción de falta de litisconsorcio pasivo necesario y sin entrar a conocer del fondo de la cuestión litigiosa, debo desestimar y desestimo la demanda formulada por la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA C/ CALLE000 N_ - NUM000 de VALLADOLID, contra DON Carlos Manuel , dejando sin efecto el requerimiento de pago de las costas procesales".
Notificada a las partes la sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación en tiempo y forma legal por la representación de la parte actora, exponiendo los motivos en los que se basaba. Admitido el recurso por el Juzgado de Primera Instancia, se dio traslado del mismo a la parte contraria, que en el plazo legal impugnó la apelación. Remitidos los autos a este Tribunal, se formó el rollo correspondiente, y no estimándose necesaria la celebración de vista, se se_aló el día de hoy, para la deliberación y votación de la Sentencia.
En la sustanciación de este proceso se han observado las prescripciones legales.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON Miguel Ángel SENDINO ARENAS.
La sentencia de instancia aprecia la excepción de falta de Litisconsorcio Pasivo Necesario y desestima la demanda, que en reclamación de una deuda por gastos generales ascendente a 940.611 pesetas, formula la Comunidad de Propietarios de Calle CALLE000 Número NUM000 de Valladolid frente a Don Carlos Manuel , imponiendo a la actora el pago de las costas procesales.
Frente a esta Sentencia y exclusivamente frente al pronunciamiento condenatorio en costas se alza la Comunidad actora pidiendo la no imposición sobre la base de que ha obrado de buena fe al contrario que el demandado que es quien ha provocado el error de que no demandara al otro titular de la vivienda, por su actuación de forma ostensible y aparente como único propietario de dicha vivienda...
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Artículo 21
...derechos del procurador derivados de su intervención, aunque no hubiera sido preceptiva (véase art. 394.3 LEC). Declara la SAP de Valladolid de 4 de abril de 2000, que: «Con base en lo argumentado por doctrina mayoritaria, que si el actor ha sido el causante de un proceso mal planteado que ......
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Artículo 21 Procedimiento para el cobro de deudas
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