SAP Valladolid 87/2000, 8 de Marzo de 2000

PonenteFRANCISCO SALINERO ROMAN
ECLIES:APVA:2000:404
Número de Recurso521/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución87/2000
Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 3ª

SENTENCIA Nº 87

Audiencia de Valladolid

Sección Tercera

Ilmo. Sr. Presidente:

D. José Jaime SANZ CID

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. Francisco SALINERO ROMAN

D. Miguel A. SENDINO ARENAS

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En la ciudad de Valladolid a ocho de marzo de dos mil.

La Sección Tercera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid ha visto en grado de apelación los autos de juicio de Menor Cuantia nº 222/99-B del Juzgado de Primera Instancia número Nueve de Valladolid y seguido entre partes, como demandante-apelado: Mariano , con domicilio en Pe_afiel, Valladolid, que ha estado representado por la Procuradora D_ Rosa M_ Moral Altable y defendido por el Letrado D. Melchor Lázaro Arranz y como demandado-apelante: MULTINACIONAL ASEGURADORA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, con domicilio en Valladolid, que ha estado representada por el Procurador D. Jorge Rodriguez- Monsalve Garrigos y defendida por el Letrado D. Jose Rodriguez-Monsalve Garrigós; sobre: Reclamación de cantidad por lesiones ocasionadas en accidente de circulación.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia referido, por el mismo se dictó sentencia con fecha 19 de Noviembre de 1999, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: " Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por la Proc. Sra. Moral Altable, en nombre y representación de Mariano contra MULTINACIONAL ASEGURADORA S.A DE SEGUROS Y REASEGUROS, debo condenar y condeno a la demandada a que abone a la actora la cantidad de DOS MILLONES QUINIENTAS MIL PESETAS (2.500.000 ptas) más los intereses legales se_alados en el fundamento segundo, todo ello con imposición de costas al demandado." Y notificada dicha resolución a las partes, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación demandada, cuyo recurso fue admitido en ambos efectos, y en su virtud, previos los oportunos trámites se remitieron los autos originales a este Tribunal, ante el que han comparecido los litigantes en la forma expresada, sustanciándose el recurso por sus trámites legales y celebrándose la vista pública del mismo el día 2 de Marzo de 2000, con asistencia de los Letrados y Procuradores mencionados, y concedida la palabra a los primeros, los mismos, por su orden, informaron a la Sala en apoyo de sus respectivas pretensiones.

TERCERO

En la tramitación del presente procedimiento se han observado y cumplido las formalidades legales.

VISTO. siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Francisco SALINERO ROMAN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Hay que otorgar razón a la recurrente cuando muestra su disconformidad con la sentencia porque no se ha ajustado a las condiciones del contrato suscritas por las partes. Fueron ambas partes las que con observancia del principio de la autonomía de la voluntad suscribieron el contrato sometido por vía del recurso a la interpretación de esta Sala. El documento obrante al folio...

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