SAP Vizcaya 49/2000, 10 de Mayo de 2000
ECLI | ES:APBI:2000:2060 |
Número de Recurso | 262/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 49/2000 |
Fecha de Resolución | 10 de Mayo de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Vizcaya, Sección 1ª |
PROVINCIAL DE BIZKAIA BIZKAIKO PROBINTZIA-AUZITEGIA Sección 1ª
BARROETA ALDAMAR 10, 3ª planta.
TFNO.: 94-4016662
FAX : 94-4016992
N.I.G. 48.04.2-98/021537
R.SEP.CONTENC. 262/99
O.Judicial Origen: Jdo.1ª Inst. 6 Familia (Bilbao)
Autos de SEP. CONTENCIOSA 368/98 SENTENCIA Nº 49.
PRESIDENTE
Dº. ANA B. IRACHETA UNDAGOITIA MAGISTRADOS
D. ANTONIO GIMENEZ PERICAS
Dª. OLATZ AIZPURUA BIURRARENA
En la Villa de Bilbao, a diez de mayo de dos mil.
Vistos por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial en grado de apelación, los presentes autos de juicio de separación matrimonial seguidos en primera instancia ante el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Bilbao y del que son parte como apelante D. María Rosa , representada por el/la procuradora Sra. Amann Quincoces, y como apelado D. Jose Daniel representado por el/la procurador Sr. Berrio Ugarte.
Expresa el parecer de esta Sala la Ilma. Sra. OLATZ AIZPURUA BIURRARENA.
Se dan por reproducidos los antecedentes de la sentencia apelada. ANTECEDENTES DE HECHO
Por el Juzgador en primera instancia se dictó, con fecha 6.10.99 sentencia cuya partedispositiva dice literalmente: FALLO: Que, ESTIMANDO, en parte, tanto la demanda formulada por D. Jose Daniel , representado por el Procurador Sr. Berrio Ugarte, contra su esposa Dª. María Rosa , representada por la Procuradora Sra. Amann Quincoces, debo declarar y declaro haber lugar a la separación judicial de los referidos cónyuges, con cuantos efectos legales sean inherentes a tal declaración, acordando, asímismo, las medidas recogidas en el segundo fundamento jurídico de esta resolución, sin hacer expresa imposición de las costas.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de D. María Rosa y admitido dicho recurso en ambos efectos se eleva ron los autos a esta Audiencia, previo emplazamiento de las partes. Personados en tiempo y forma, se siguió este recurso por sus trámites, solicitándose en el acto de la vista por la parte recurrente la revocación de la sentencia de instancia y que se dicte otra por la que se determine como límite temporal para el uso de la vivienda familiar atribuido a la esposa, no hasta la liquidación de gananciales, sino hasta que los hijos tengan empleo o la hija termine los estudios.
Por la parte apelada se interesó la confirmación de la sentencia de instancia.
Alega...
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