SAP Vizcaya 75/2001, 26 de Febrero de 2001

PonenteREYES GOENAGA OLAIZOLA
ECLIES:APBI:2001:920
Número de Recurso141/2000
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución75/2001
Fecha de Resolución26 de Febrero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 1ª

SENTENCIA NUM 75/01 ILMA. SRA.

MAGISTRADA

D./Dña: REYES GOENAGA OLAIZOLA

En BILBAO a 26 de febrero de 2.001

Vista en grado de apelación por la Ilma. Sra. Dña REYES GOENAGA OLAIZOLA, Magistrada de esta Audiencia Provincial de Bizkaia, Sección primera, el presente Rollo de Faltas nª 141/00; en primerainstancia por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Barakaldo con el nº de Juicio de Faltas 669/99 habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal y como denunciado Leonardo . ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción nº 4 de Barakaldo se dictó con fecha 31 de diciembre de 1.999 sentencia en cuyo Fallo se dice: "FALLO: Debo condenar y CONDENO a Leonardo , como autor de una falta ya descrita a la pena de un mes con cuota diaria de 1.000 ptas y aplicación subsidiaria del Articulo 53 del Código Penal y al pago de las costas causadas. Debo absolver y ABSUELVO a Adolfo por los hechos que se le imputaban en las presentes actuaciones, con declaración de oficio de las costas causadas."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por el Ministerio Fiscal y admitido tal recurso en ambos efectos, fueron elevados los autos a esta Audiencia, Recibidos, se formó el Rollo y se siguió este recurso por sus trámites.

Se dan por reproducidos los antecedentes de la Sentencia apelada.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan expresamente y se dan por reproducidos los hechos declarados probados en la sentencia de instancia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal se alza frente a la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción porque en ella se absuelve a Adolfo , que al momento de los hechos era el propietario del vehículo matricula PU-....-UK .

Antes de entrar en la cuestión jurídica que plantea el recurso, diremos que una exigencia fundamental de la labor judicial es la motivación de las resoluciones judiciales y que el no cumplimiento de esta exigencia no sólo constituye una vulneración legal sino que atenta contra el Derecho a la tutela judicial efectiva reconocido en el texto constitucional.

La sentencia no explica en absoluto el motivo por el cual procede absolver al Sr. Leonardo y ello no viene justificado ni por la escasa gravedad de la infracción, ni por la brevedad o simplicidad del procedimiento de faltas.

Y en cuanto al fondo de la cuestión planteada, el art. 636 CP se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • SAP Burgos 86/2004, 20 de Febrero de 2004
    • España
    • 20 d5 Fevereiro d5 2004
    ...3.ª de la de Audiencia Provincial de Gerona de 4 de Febrero de 2.000 , entre otras.). En la misma línea la sentencia de la Audiencia Provincial de Vizcaya de 26 de Febrero de 2.001, al indicar que "y en cuanto al fondo de la cuestión planteada, el artículo 636 del Código Penal se refiere al......
  • SAP Burgos 356/2003, 29 de Octubre de 2003
    • España
    • 29 d3 Outubro d3 2003
    ...3.ª de la de Audiencia Provincial de Gerona de 4 de Febrero de 2.000, entre otras.). En la misma línea la sentencia de la Audiencia Provincial de Vizcaya de 26 de Febrero de 2.001, al indicar que "y en cuanto al fondo de la cuestión planteada, el artículo 636 del Código Penal se refiere al ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR