SAP Asturias 485/2000, 10 de Octubre de 2000
Ponente | JOSE IGNACIO ALVAREZ SANCHEZ |
ECLI | ES:APO:2000:3797 |
Número de Recurso | 754/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 485/2000 |
Fecha de Resolución | 10 de Octubre de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 4ª |
SEN T EN CI A
En el recurso de apelación número 754/99 en autos de Juicio Ejecutivo, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número cuatro de Gijón, promovido por DON Casimiro , representado por el Procurador Sr. Cobián-Gil Delgado y dirigido por el Letrado Sr de Diego Quevedo, como demandado en primera instancia contra EUROPEA DE PINTURAS ESPECIALES S.L., representada por la Procuradora Sra. Ramos Gutiérrez y dirigida por el Letrado Sr. Suárez Mariño, como demandante en primera instancia, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don José Ignacio Alvarez Sánchez.-ANTECEDENTES DE HECHO
Que el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número cuatro de Gijón dictó Sentencia con fecha treinta de --junio de mil novecientos noventa y nueve , cuya parte dispositiva dice así: Que debo desestimar y desestimo la oposición planteada por el Procurador D. Francisco Javier Rodríguez Viñes, en nombre y representación de D. Casimiro , contra la demanda ejecutiva formulada por el Procurador D. José María Díaz López, en nombre y representación de la entidad mercantil "Europea de Pinturas Especiales- S.L." y, en consecuencia, debo mandar y mando seguir adelante la ejecución iniciada sobre bienes del deudor hasta hacer trance y remate de los mismos y, con su producto, cumplido pago a la ejecutante de la cantidad de doscientas cincuenta y dos mil quinientas quince pesetas (252.515 pts.) de principal, nueve mil ciento cincuenta y seis pesetas (9.156 pts.) de gastos de devolución, los intereses legales devengados y el total de las costas causadas.-SEGUNDO.- Contra la expresada resolución se interpuso por la parte demandada recurso che apelación, que admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, en donde una vez comparecidas se tramitó la alzada, y previos los demás trámites legales se señaló para la celebración de la vista el día cuatro de los corrientes mes y año.-TERCERO.-Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-
Unicamente cuestiona el apelante la fuerza ejecutiva de las letras de cambio acompañadas con la demanda como título para despachar ejecución y ello porque le falta el tomador que es una de las menciones que, con arreglo a lo establecido en el art. 1 n° 6 de la Ley Cambiaria y...
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SAP Málaga 600/2003, 24 de Julio de 2003
...tal designación en todo caso, y al no cumplirse tal requisito la cambial ha quedado perjudicada. En idéntico sentido la S. de la A.P. de Asturias, Secc. 4.ª, de 10-10-00, que cita las de la misma Sala de 22-3-99, 15-3-95 y 27-4-98, que señalan que la Ley no hace diferencia alguna según que ......