SAP Asturias 332/2000, 21 de Junio de 2000

PonenteFRANCISCO TUERO ALLER
ECLIES:APO:2000:2564
Número de Recurso587/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución332/2000
Fecha de Resolución21 de Junio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 4ª

SENTENCIA

En el recurso de apelación número 587/1999 en autos de Juicio de Cognición, procedentes del Juzgado de Primera Instancia n° 2 de Lena , promovido por Esteban y Aurora como demandantes en primera instancia contra Luis Antonio como demandado en primera instancia, siendo Ponente el Itmo. Sr. Magistrado don Francisco Tuero Aller.-ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Que el Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia n° 2 de Lena dictó Sentencia con fecha veinticuatro de junio de mil novecientos noventa y nueve , cuya parte dispositiva dice así: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales doña María Teresa Fernández Vázquez, en nombre y representación de don Luis Antonio , frente a don Esteban y doña Aurora , debo declarar y declaro que el tejado de la edificación que pertenece a los codemandados, sita en la localidad de Palacio, invade el vuelo correspondiente a la casa habitación colindante por su derecha propiedad del actor, y que debo condenar y condeno a los codemandados a retirar la porción de tejado o alero de su edificación que sobresale de su fachada lateral e invade la propiedad del actor, debiendo realizar las obras precisas sin dañar la finca de aquél, con expresa condena en costas a los codemandados.

SEGUNDO

Contra la expresada resolución se interpuso por la parte demandante recurso de apelación, del cual se dio el preceptivo traslado, conforme al art. 734 de la Ley de Enjuiciamiento Civil , que fue admitido en ambos efectos, y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial se sustanció el recurso, señalándose para deliberación y Fallo el día 15 de junio de 2000.-TERCERO.- Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La sentencia de primer grado, tras calificar acertadamente la acción ejercitada como negatoria de servidumbre de alero de tejado, analizó y rechazó los distintos motivos de oposición esgrimidos por los demandados, concluyendo en la estimación total de la demanda. En el escrito de recurso insisten aquellos únicamente en la adquisición de la servidumbre por prescripción adquisitiva, denunciando error en la apreciación de la prueba y abandonando el resto de los medios de defensa utilizados. Debe tenerse presente que aunque la prescripción adquisitiva no fue formalmente alegada en su día, sí se hizo referencia a que concurrían las circunstancias necesarias para que prosperase,...

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