SAP Asturias 506/2002, 29 de Octubre de 2002

PonenteMARIA PAZ FERNANDEZ-RIVERA GONZALEZ
ECLIES:APO:2002:3978
Número de Recurso257/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución506/2002
Fecha de Resolución29 de Octubre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 4ª

SENTENCIA

En el recurso de apelación número 257/02 en autos de INCIDENTE DE IMPUGNACION DE COSTAS, procedentes del Juzgado de Primera Instancia NÚMERO NUEVE, HOY INSTRUCCIÓN NÚMERO SEIS, promovido por Juan Ignacio , como demandante en primera instancia, contra FEDERACION DE SERVICIOS PUBLICOS DE LA UGT., como demandado en primera instancia, siendo Ponente el Iltmo. Sr. MAGISTRADO DÑA. Paz Fernández Rivera González.-ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Que por la misma Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 9 de Oviedo, hoy Juzgado de Primera Instancia número seis se dictó Auto con fecha del día 20 de marzo pasado cuya parte dispositiva dice así: "Desestimar íntegramente la impugnación formulada por la representación de D. Juan Ignacio , frente a la tasación de costas practicada, que se confirma en todos sus extremos; y todo ello, con imposición de las costas de este incidente el impugnante".-SEGUNDO.- Contra la expresada resolución se interpuso por la parte demandante recurso de apelación, del cual se dio el preceptivo traslado, que fue admitido en ambos efectos, y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial se sustanció el recurso, señalándose para deliberación y fallo el día 23 de octubre de 2002.-TERCERO.- Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Por la representación de la Federación de Servicios Públicos de la unión General de Trabajadores FSP-UGT. y por la Unión General de Trabajadores se interesó la tasación de costas causadas en los presentes autos, adjuntando al efecto la primera la minuta de honorarios del Letrado D. Iván y del Procurador Sr. Mauricio , y la segunda la minuta de derechos de la Procuradora Sra. María Milagros , lo que dio lugar a la Diligencia de Ordenación de 15 de febrero de 2002 que dispuso su tasación, que resultó impugnada por el condenado en costas D. Juan Ignacio que denunció la infracción del art. 242.2 de la LEC. y, en todo caso, consideró excesivos los derechos de los Procuradores, lo que le fue desestimado en el Auto de 20 de marzo de 2002, frente al que el condenado Sr. Juan Ignacio se alzó en apelación, recurso que únicamente fue impugnado por la citada Federación de Servicios Públicos de la Unión General de Trabajadores, FSP - UGT. ya que la Unión General de Trabajadores, que en un...

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