SAP Valladolid 9/1999, 18 de Enero de 1999
Jurisdicción | España |
Emisor | Audiencia Provincial de Valladolid |
Fecha | 18 Enero 1999 |
Número de resolución | 9/1999 |
SENTENCIA Nº 9
Ilmos. Srs. Magistrados
Presidente:
D. Jesús Manuel SAEZ COMBA
Magistrados:
D. José Ramón ALONSO MAÑERO PARDAL
D. Miguel Angel SENDINO ARENAS
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Valladolid, dieciocho de enero de mil novecientos noventa y nueve
Visto por la Sección Primera de esta Audiencia integrada por los Magistrados antes nombrados, el
recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en proceso de juicio de desahucio nº 495/98-B por el Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Valladolid , sobre desahucio de vivienda por
resolución de contrato de arrendamiento. Ha sido apelante D. Alonso , mayor de edad y vecino de Valladolid, quien actúa por sí y en beneficio de la comunidad
de propietarios que forma con su hermana dª Maite Armendia, que ha
designado domicilio para ír notificaciones el del procurador Sr. Muñoz Santos C.; Como apelada Dª
Sandra , mayor de edad y vecina de Valladolid, que designo domicilio par oír
notificaciones el del letrado Sr. Llanos Acuña.
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Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
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Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 9 de octubre de 1.998 se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice así: FALLO: "Quedesestimando la demanda formulada por el Procurador Sr. Carlos Muñoz Santos en nombre y representación de D. Alonso , quien actúa por sí y en beneficio de la comunidad de propietarios que el mismo forma con su hermana Dª Sandra , debo absolver y absuelvo a la demandada de la pretensión resolucotira contra ella formulada, con imposición al actor de las costas procesales".
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Notificada a las partes contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandante, cuyo recurso fue admitido en ambos efectos y, en su virtud previos los oportunos trámites se remitieron los autos originales a este Tribunal, ante el que han comparecido los litigantes en la forma expresada, sustanciándose el recurso por sus trámites legales, y celebrándose la votación y fallo de la misma el día 14 de los corrientes.
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En la sustanciación de este proceso se han observado las prescripciones legales.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Presidente D. Jesús Manuel SAEZ COMBA
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- La demanda que originó este procedimiento ejercitaba una acciòn resolutoria de contrato de arrendamiento urbano concertado el día 1 de febrero de 1975, con base a que el arrendamiento, en documento signado el día 5 del mismo mes y año, renunció al derecho de prórroga legal de referido contrato.
La sentencia de instancia, tras reconcer la posibilidad de la renuncia, desestima la pretensión de la parte demandante por entender que la declaración de voluntad contenida en dicho documento encierra un vicio que cae dentro de las limitaciones que el artículo 1255 del Código civil establece, argumentando tal conclusión en la inexistencia de utilidad alguna como contraprestación por...
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...el plazo de tres meses desde la muerte de arrendatario. Existe multitud de jurisprudencia al respecto. Una de ellas, la SAP de Valladolid, Sala 1ª de 18 de enero de 1999 en cuanto a la renuncia al derecho de prórroga legal (apartado 4º del art 16): La Jurisprudencia solo admite la renuncia ......